Sentencia Penal Nº 693/20...re de 2009

Última revisión
03/11/2009

Sentencia Penal Nº 693/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 160/2009 de 03 de Noviembre de 2009

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Orden: Penal

Fecha: 03 de Noviembre de 2009

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: IGLESIAS MARTIN, JOSE CARLOS

Nº de sentencia: 693/2009


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Segunda

J. de Instrucción nº 4 de Mataró. J. de Faltas nº 1094/08

Rollo de Apelación nº 160/09-G

SENTENCIA Nº 693

En Barcelona a tres de noviembre de dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey, S.Sª Ilma D. José Carlos Iglesias Martín, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituido en Tribunal unipersonal, ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 1094/08 sobre falta contra las personas, dimanantes del Juzgado de Instrucción nº 4 de Mataró, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Dª María Rosa , asistida por el Letrado D. Albert González i Jiménez, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, y en calidad de apelado D. Ovidio , asistido por la Letrada Dª Cristina López Padilla.

Antecedentes

PRIMERO.- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho de la sentencia apelada dictada en fecha 30 de abril de 2009 por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Mataró , dándose el fallo aquí por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Apelada la citada sentencia por Dª María Rosa , previos los trámites legales oportunos, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, incoándose el preceptivo rollo de sala y observándose en la tramitación del recurso las prescripciones legalmente estipuladas.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Segunda

J. de Instrucción nº 4 de Mataró. J. de Faltas nº 1094/08

Rollo de Apelación nº 160/09-G

SENTENCIA Nº 693

En Barcelona a tres de noviembre de dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey, S.Sª Ilma D. José Carlos Iglesias Martín, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituido en Tribunal unipersonal, ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 1094/08 sobre falta contra las personas, dimanantes del Juzgado de Instrucción nº 4 de Mataró, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Dª María Rosa , asistida por el Letrado D. Albert González i Jiménez, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, y en calidad de apelado D. Ovidio , asistido por la Letrada Dª Cristina López Padilla.

PRIMERO.- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho de la sentencia apelada dictada en fecha 30 de abril de 2009 por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Mataró , dándose el fallo aquí por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Apelada la citada sentencia por Dª María Rosa , previos los trámites legales oportunos, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, incoándose el preceptivo rollo de sala y observándose en la tramitación del recurso las prescripciones legalmente estipuladas.

Que CON ESTIMACIÓN del recurso de apelación interpuesto por Dª María Rosa , asistida del Letrado D. Albert González Jiménez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Mataró en el Juicio de Faltas nº 1094/08 , debo revocar y revoco la misma y debo absolver y absuelvo a dicha apelante de la falta contra las personas, prevista y penada en el art 618.2 del C. Penal , por la que fue acusada, declarando de oficio las costas de ambas instancias.

Así por esta mí sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de sala y se notificará al Ministerio Fiscal y demás partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme al no caber contra ella recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el Ilmo Sr. Magistrado Ponente en audiencia pública; certifico.

Fallo

Que CON ESTIMACIÓN del recurso de apelación interpuesto por Dª María Rosa , asistida del Letrado D. Albert González Jiménez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Mataró en el Juicio de Faltas nº 1094/08 , debo revocar y revoco la misma y debo absolver y absuelvo a dicha apelante de la falta contra las personas, prevista y penada en el art 618.2 del C. Penal , por la que fue acusada, declarando de oficio las costas de ambas instancias.

Así por esta mí sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de sala y se notificará al Ministerio Fiscal y demás partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme al no caber contra ella recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el Ilmo Sr. Magistrado Ponente en audiencia pública; certifico.