Sentencia Penal Nº 71, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 64 de 13 de Junio de 2001
Sentencia Penal Nº 71, Au...io de 2001

Última revisión
13/06/2001

Sentencia Penal Nº 71, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 64 de 13 de Junio de 2001

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Penal

Fecha: 13 de Junio de 2001

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME

Nº de sentencia: 71

Nº de recurso: 64

Resumen
JUICIO DE FALTAS POR LESIONES IMPRUDENTES Se produce una colisión en la que se vieron implicados dos turismos, el demandante circulaba por su margen derecha en el indicado sentido, y fue colisionado por alcance trasero por el vehículo conducido por la denunciada que le seguía en el mismo sentido de marcha. El denunciante sufrió lesiones de las que tardó en curar 280 días, por lo que se condena a la acusada como autora de una falta de lesiones por imprudencia leve. Se apela por considerar que no es obligatorio el uso del baremo de la ley de ordenación y supervisión del seguro privado, a lo que  se contesta que el TC ha dicho que el mismo vincula a jueces y tribunales no sólo en el caso de responsabilidad civil por riesgo, sino también cuando los daños sean ocasionados por actuación culposa o negligente del conductor del vehículo. Se denuncia error en la apreciación de la prueba por darle preferencia al informe del médico forense frente al de otro médico presentado por la defensa, pero no debe apreciarse tal error.

Voces

Falta de lesiones

Imprudencia leve

Daños del vehículo

Intereses legales

Interés legal del dinero

Error en la valoración de la prueba

Daño personal

Informes periciales

Prueba pericial

Días no impeditivos

Falta de lesiones por imprudencia leve