Última revisión
Sentencia Penal Nº 71, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 64 de 13 de Junio de 2001
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 13 de Junio de 2001
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME
Nº de sentencia: 71
Nº de recurso: 64
Resumen
JUICIO DE FALTAS POR LESIONES IMPRUDENTES
Se produce una colisión en la que se vieron implicados
dos turismos, el demandante circulaba por su margen derecha en el indicado
sentido, y fue colisionado por alcance trasero por el vehículo conducido por la
denunciada que le seguía en el mismo sentido de marcha. El denunciante sufrió
lesiones de las que tardó en curar 280 días, por lo que se condena a la acusada
como autora de una falta de lesiones por imprudencia leve. Se apela por
considerar que no es obligatorio el uso del baremo de la ley de ordenación y
supervisión del seguro privado, a lo que se contesta que el TC ha dicho que el
mismo vincula a jueces y tribunales no sólo en el caso de responsabilidad civil
por riesgo, sino también cuando los daños sean ocasionados por actuación
culposa o negligente del conductor del vehículo. Se denuncia error en la
apreciación de la prueba por darle preferencia al informe del médico forense
frente al de otro médico presentado por la defensa, pero no debe apreciarse tal
error.
Voces
Falta de lesiones
Imprudencia leve
Daños del vehículo
Intereses legales
Interés legal del dinero
Error en la valoración de la prueba
Daño personal
Informes periciales
Prueba pericial
Días no impeditivos
Falta de lesiones por imprudencia leve
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