Última revisión
12/11/2007
Sentencia Penal Nº 715/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 69/2007 de 12 de Noviembre de 2007
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Tiempo de lectura: 5 min
Orden: Penal
Fecha: 12 de Noviembre de 2007
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: PLANCHAT TERUEL, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 715/2007
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
Sección Décima
Rollo de apelación nº 69/07
Procedimiento Abreviado nº 373/05
Juzgado de lo Penal nº 22 de Barcelona
Iltmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE MARIA PIJUAN CANADELL
D. JOSE MARIA PLANCHAT TERUEL
D. DANIEL DE ALFONSO LASO
En Barcelona, a doce de noviembre de dos mil siete.
VISTO en grado de apelación ante la SECCION DECIMA de esta Audiencia de Barcelona el presente Rollo dimanante del Procedimiento Abreviado expresado en el encabezamiento procedente del Juzgado de lo Penal que en el mismo lugar se cita, el cual pende ante este Tribunal en virtud del/de los recurso/s de interpuesto/s la representación procesal de Javier contra la Sentencia dictada en dichas actuaciones el día dos de febrero de dos mil seis por el/la Sr./a Juez de dicho Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE MARIA PLANCHAT TERUEL, que expresa la decisión del Tribunal
Antecedentes
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: En atención a lo expuesto debo condenar y condeno a Javier como autor responsable de un delito de tenencia ilícita de armas ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión con accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Condenándole asimismo al pago de costas".
SEGUNDO.- Admitido/s el/los recurso/s se elevaron las presentes actuaciones originales a esta Superioridad, tramitándose en legal forma, sin celebrarse vista pública al no haberla solicitado la parte recurrente ni estimarla necesaria el Tribunal.
TERCERO.- En la tramitación y celebración del presente recurso se han observado las prescripciones legales exigidas al efecto.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
Sección Décima
Rollo de apelación nº 69/07
Procedimiento Abreviado nº 373/05
Juzgado de lo Penal nº 22 de Barcelona
Iltmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE MARIA PIJUAN CANADELL
D. JOSE MARIA PLANCHAT TERUEL
D. DANIEL DE ALFONSO LASO
En Barcelona, a doce de noviembre de dos mil siete.
VISTO en grado de apelación ante la SECCION DECIMA de esta Audiencia de Barcelona el presente Rollo dimanante del Procedimiento Abreviado expresado en el encabezamiento procedente del Juzgado de lo Penal que en el mismo lugar se cita, el cual pende ante este Tribunal en virtud del/de los recurso/s de interpuesto/s la representación procesal de Javier contra la Sentencia dictada en dichas actuaciones el día dos de febrero de dos mil seis por el/la Sr./a Juez de dicho Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE MARIA PLANCHAT TERUEL, que expresa la decisión del Tribunal
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: En atención a lo expuesto debo condenar y condeno a Javier como autor responsable de un delito de tenencia ilícita de armas ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión con accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Condenándole asimismo al pago de costas".
SEGUNDO.- Admitido/s el/los recurso/s se elevaron las presentes actuaciones originales a esta Superioridad, tramitándose en legal forma, sin celebrarse vista pública al no haberla solicitado la parte recurrente ni estimarla necesaria el Tribunal.
TERCERO.- En la tramitación y celebración del presente recurso se han observado las prescripciones legales exigidas al efecto.
Que ESTIMANDO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Javier contra la Sentencia dictada con fecha dos de febrero de dos mil seis en el Procedimiento Abreviado nº 373/05 seguido en el Juzgado de lo Penal nº 22 de Barcelona debemos REVOCARLA PARCIALMENTE para establecer la pena privativa de libertad en siete meses de prisión, CONFIRMAMOS los restantes pronunciamientos de dicha resolución y declaramos de oficio las costas procesales de la apelación.
Notifíquese la presente Sentencia a las partes procesales con expresión que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno y devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia.
Así por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
E/.
PUBLICACION.- Leída por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, ha sido publicada la anterior Sentencia el día de la fecha. Doy fe.
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Fallo
Que ESTIMANDO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Javier contra la Sentencia dictada con fecha dos de febrero de dos mil seis en el Procedimiento Abreviado nº 373/05 seguido en el Juzgado de lo Penal nº 22 de Barcelona debemos REVOCARLA PARCIALMENTE para establecer la pena privativa de libertad en siete meses de prisión, CONFIRMAMOS los restantes pronunciamientos de dicha resolución y declaramos de oficio las costas procesales de la apelación.
Notifíquese la presente Sentencia a las partes procesales con expresión que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno y devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia.
Así por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
E/.
PUBLICACION.- Leída por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, ha sido publicada la anterior Sentencia el día de la fecha. Doy fe.
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