Sentencia Penal 73/2013 J...o del 2013

Última revisión
02/02/2015

Sentencia Penal 73/2013 Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Bilbao nº 2, Rec. 368/2013 de 22 de agosto del 2013

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Orden: Penal

Fecha: 22 de Agosto de 2013

Tribunal: JVM Bilbao

Ponente: BILBAO OTAOLA, ARANZAZU

Nº de sentencia: 73/2013

Núm. Cendoj: 48020480022013100021


Encabezamiento

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Nº2 (BILBAO)

BILBOKO EMAKUMEAREN AURKAKO INDARKERIA 2 EPAITEGIA (BILBO)

Buenos Aires 6 4ª planta - C.P./PK: 48001

Tel.: 94-4016520 Fax: 94-4016639

Diligen.urgentes / Presak.eginb. 368/2013

Procedimiento origen/Jatorriko prozedura: /

N.I.G. P.V. / IZO EAE: 48.04.1-13/030689

N.I.G. CGPJ / IZO BJKN: 48.020.43.2-2013/0030689

Atestado nº/Atestatu zk.: PM BILBAO NUM000

Hecho denunciado/Salatutako egitatea: Maltrato familiar/Familiako tratu txarrak

Representado/a / Ordezkatuta: Amadeo

Abogado/a / Abokatua: JON ANDONI CARDAS MADARIAGA

S E N T E N C I A Nº 73/2013 DE JUICIO RÁPIDO

JUEZ QUE LA DICTA: D/Dª ARANZAZU BILBAO OTAOLA.

LUGAR: Bilbao (Bizkaia).

FECHA: veintidós de agosto de dos mil trece.

Vista en trámite de conformidad la presente causa de diligencias urgentes nº 368/2013 por un delito de maltrato en el ámbito familiar contra Dº Amadeo nacido el NUM001 /1975 hijo de ENRIQUE y de MARIA CARMEN provisto de DNI nº NUM002 , con asistencia del Letrado Dº JON ANDONI CARDAS MADARIAGA, y siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Antecedentes

PRIMERO.-El Ministerio Fiscal ha calificado los hechos objeto de acusación como constitutivos de un delito deun delito de maltrato en el ámbito familiar,previsto y penado en el artículo 153.1º del Código Penal en relación con los artículos 57.2 º y 48.2º del mismo cuerpo legal , siendo responsable del mismo en concepto de el acusado Amadeo , en quien no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la imposición de una pena de 48 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 2 años, asi como accesoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.2 y 48.2 del Código Penal de prohibición de aproximarse a menos de 150 metros de Bibiana en cualquier lugar que se encuntre, asi como acercarse a su domicilio o lugar de trabajo o cualquier otro que ésta frecuente y de comunicarse con ella por por cualquier medio durante la 6 meses.

SEGUNDO.-El Letrado del acusado ha mostrado su conformidad con la petición del Ministerio Fiscal y el acusado una vez informados de las consecuencias de la misma, se ha mostrado igualmente conforme.


UNICO :Por conformidad se declara probado:

Que Dº Amadeo , mayor de edad, en cuanto nacido el día NUM001 de 1975, de nacionalidad española y sin antecedentes penales, sobre las 04:30 horas del día 22 de agosto de 2013, en las inmediaciones de la calle Sendeja de la Villa de Bilbao, en el transcurso de una discusión y con el ánimo de menoscabar la integridad física de su pareja Dª Bibiana , le agarró fuertemente del brazo y del cuello , y la empujó contra una pared, sin que se hayan objetivado lesiones.


Fundamentos

PRIMERO.-Concurren en el presente caso los requisitos exigidos por el artículo 801 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , para que el propio Juez Instructor de las diligencias urgentes pueda dictar la sentencia de conformidad, por cuanto:

1º.- Los hechos declarados probados en el trámite de conformidad son constitutivos deun delito de maltrato en el ámbito familiar,previsto y penado en el artículo 153.1º del Código Penal en relación con los artículos 57.2 º y 48.2º del mismo cuerpo legal .

2º.- La pena solicitada no excede, reducida en un tercio, de los dos años de prisión.

3º.- La conformidad se ha prestado en los términos del artículo 787 de la LECr .

SEGUNDO.-Por todo lo expuesto y como ordena el artículo 801, procede dictar sentencia de conformidad, imponiendo al acusado la pena solicitada reducida en un tercio.

TERCERO.-Dispone el artículo 123 del Código Penal , que las costas procesales se entienden impuestas por la ley a los criminalmente responsables de un delito o falta, por lo que deben imponerse las causadas al condenado en esta sentencia.

Fallo

Se condena a Dº Amadeo , como autor responsable de un delitode maltrato en el ámbito familiar,previsto y penado en el artículo 153.1º del Código Penal en relación con los artículos 57.2 º y 48.2º del mismo cuerpo legal a la pena 32 días de trabajo enbeneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 16 meses, prohibición de aproximarse a menos de 150 metros de Bibiana en cualquier lugar que se encuntre, asi como acercarse a su domicilio o lugar de trabajo o cualquier otro que ésta frecuente y de comunicarse con ella por por cualquier medio durante la 4 meses.

Se condena a D. Amadeo al abono de las costas procesales

Comuníquese esta sentencia al SIRAJ.

Llévese testimonio de esta sentencia a los autos y el original únase al libro de sentencias de juicios rápidos.

Esta sentencia es firme al haberse anticipado oralmente su contenido y haber manifestado el Ministerio Fiscal, acusado y defensa su intención de no recurrirla.

Notificada la sentencia remítanse todas las actuaciones al Juzgado de lo Penal que corresponda para la ejecución de la sentencia.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E./

PUBLICACIÓN.-Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el mismo Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en Bilbao (Bizkaia), a 22 de agosto de 2013, de lo que yo la Secretario Judicial, doy fe.


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