Sentencia Penal Nº 73, Au...yo de 2001

Última revisión
08/05/2001

Sentencia Penal Nº 73, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 71 de 08 de Mayo de 2001

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Relacionados:

Orden: Penal

Fecha: 08 de Mayo de 2001

Tribunal: AP - Lugo

Ponente: PEREZ RODRIGUEZ, MODESTO

Nº de sentencia: 73

Resumen
Después de analizar el conjunto de diligencias que integran el procedimiento actual, y las tesis exculpatorias que los impugnantes Sabino - Andrés, Juana - y Javier esgrimen, ha de afirmarse que, tras estudiar el contenido de los medios probatorios que obran en autos, resulta acertada la narración fáctica que el Sr. Juez a quo realizó al respecto, no siendo procedente modificar, suprimir o agregar la redacción que aparece al respecto; y procede subrayar que el acreditamiento de la conducta que las tres dichas personas protagonizaron, deviene exacta completamente, pues cualquier afectado en unos menoscabos patrimoniales, o en una agresión personal, tiene capacidad para narrar lo sucedido, si bien el valor asignable al caso, está subordinado al criterio de fiabilidad que inspire al juzgador; por tanto, teniendo en cuenta las características que el denunciante, o sea, José-María reúne e los fines de credibilidad otorgable a aquel, y simultáneamente, partiendo del reforzamiento de los testimonios que proceden de Luz y de su hijo en cuanto  a la  versión dada por el nombrado José María, cuadra mantener íntegramente el relato de los Hechos Probados, ya que consta claramente que los tres impugnantes mencionados, el 14 de octubre de 1999, verificaron a base de contundencias, el estropicio de los cristales trasero y delantero del tractor L que pertenecía en propiedad a la sazón al repetido José María, quién, como consecuencia de los destrozos que le fueron inferidos, resultó lesionado, habiendo necesitado siete días para su curación y quedándole las secuelas correspondientes. Se desestima el recurso.

Voces

Responsabilidad

Medios de prueba

Responsabilidad penal

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO

Sección 2

 

Rollo 71 /2001

 

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de VILALBA

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS n° 20 /2000

 

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