Sentencia Penal Nº 732/20...io de 2007

Última revisión
20/07/2007

Sentencia Penal Nº 732/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 129/2007 de 20 de Julio de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 20 de Julio de 2007

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: DEL CANTO, ENRIQUE ROVIRA

Nº de sentencia: 732/2007


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEPTIMA

Rollo de Apelación núm. Apfal 129/07-F

Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 1313/06

Juzgado de Instrucción núm. 1 de Badalona

S E N T E N C I A Nº

En la ciudad de Barcelona, a veinte de julio de dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 1313/06, Rollo de Apelación núm. Apfal 129/07-F, sobre una falta de incumplimiento de obligaciones familiares, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Badalona, habiendo sido partes en calidad de apelante D. Mariano y en calidad de apelado D. Carlos Miguel .

Antecedentes

PRIMERO. En fecha 17 de noviembre de 2006 y por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Badalona se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 1313/06 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por el referenciado denunciante, previos los trámites legales se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 22 de junio de 2007, habiéndose observado en la tramitación del recurso interpuesto todas las prescripciones legales, excepción hecha del plazo para su resolución, habida cuenta de la elevada carga competencial actualmente afectante a este Tribunal.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEPTIMA

Rollo de Apelación núm. Apfal 129/07-F

Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 1313/06

Juzgado de Instrucción núm. 1 de Badalona

S E N T E N C I A Nº

En la ciudad de Barcelona, a veinte de julio de dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 1313/06, Rollo de Apelación núm. Apfal 129/07-F, sobre una falta de incumplimiento de obligaciones familiares, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Badalona, habiendo sido partes en calidad de apelante D. Mariano y en calidad de apelado D. Carlos Miguel .

PRIMERO. En fecha 17 de noviembre de 2006 y por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Badalona se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 1313/06 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por el referenciado denunciante, previos los trámites legales se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 22 de junio de 2007, habiéndose observado en la tramitación del recurso interpuesto todas las prescripciones legales, excepción hecha del plazo para su resolución, habida cuenta de la elevada carga competencial actualmente afectante a este Tribunal.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por D. Mariano contra la sentencia dictada en fecha 17 de noviembre de 2006 por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de los de Badalona en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 1313/06 , debo confirmar y confirmo íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

Fallo

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por D. Mariano contra la sentencia dictada en fecha 17 de noviembre de 2006 por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de los de Badalona en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 1313/06 , debo confirmar y confirmo íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.