Sentencia Penal Nº 732/20...re de 2007

Última revisión
19/09/2007

Sentencia Penal Nº 732/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 290/2007 de 19 de Septiembre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 19 de Septiembre de 2007

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: MARTIN GARCIA, PEDRO

Nº de sentencia: 732/2007


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Segunda

Procedimiento Abreviado núm. 190/06

Rollo de Apelación núm. 290/07

Juzgado de lo Penal nº. 2 de Arenys de Mar

S E N T E N C I A NÚM. 732

lltmo. Sr. Presidente

Don Pedro Martín García

Iltmos. Sres. Magistrados

Don José Carlos Iglesias Martín

Doña María José Magaldi Paternostro

En Barcelona, a diecinueve de Septiembre del dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado núm. 190/06. Rollo de Sala núm. 290/07, sobre delito de quebrantamiento de medida cautelar, procedente del Juzgado de lo Penal nº. 2 de Arenys de Mar, habiendo sido partes, en calidad de apelante Don Esteban , representado por la Procuradora Doña Laura Esparrich Rovira y defendido por la Letrada Doña Belén Hidalgo Salas, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal, siendo Magistrado Ponente S.Sª Iltma. Don Pedro Martín García, quien expresa el parecer mayoritario del Tribunal, por haber anunciado en la deliberación S.Sª Iltma. Doña María José Magaldi Paternostro su intención de formular un voto particular.

Antecedentes

Primero . -- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada.

Segundo . -- Con fecha 29 de Marzo del 2007, y por el Juzgado de lo Penal nº. 2 de Arenys de Mar, se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado núm. 190/06 , la que contiene el fallo que se da aquí asimismo por reproducido por razones de economía procesal.

Tercero . -- Apelada la sentencia por Don Esteban , y previos los trámites legales, se remitieron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 11 de Julio del 2007 , habiéndose observado en su tramitación ante este Tribunal todas las prescripciones legales, excepción hecha del plazo para su resolución, habida cuenta de la carga competencial actualmente afectante al mismo.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Segunda

Procedimiento Abreviado núm. 190/06

Rollo de Apelación núm. 290/07

Juzgado de lo Penal nº. 2 de Arenys de Mar

S E N T E N C I A NÚM. 732

lltmo. Sr. Presidente

Don Pedro Martín García

Iltmos. Sres. Magistrados

Don José Carlos Iglesias Martín

Doña María José Magaldi Paternostro

En Barcelona, a diecinueve de Septiembre del dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado núm. 190/06. Rollo de Sala núm. 290/07, sobre delito de quebrantamiento de medida cautelar, procedente del Juzgado de lo Penal nº. 2 de Arenys de Mar, habiendo sido partes, en calidad de apelante Don Esteban , representado por la Procuradora Doña Laura Esparrich Rovira y defendido por la Letrada Doña Belén Hidalgo Salas, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal, siendo Magistrado Ponente S.Sª Iltma. Don Pedro Martín García, quien expresa el parecer mayoritario del Tribunal, por haber anunciado en la deliberación S.Sª Iltma. Doña María José Magaldi Paternostro su intención de formular un voto particular.

Primero . -- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada.

Segundo . -- Con fecha 29 de Marzo del 2007, y por el Juzgado de lo Penal nº. 2 de Arenys de Mar, se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado núm. 190/06 , la que contiene el fallo que se da aquí asimismo por reproducido por razones de economía procesal.

Tercero . -- Apelada la sentencia por Don Esteban , y previos los trámites legales, se remitieron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 11 de Julio del 2007 , habiéndose observado en su tramitación ante este Tribunal todas las prescripciones legales, excepción hecha del plazo para su resolución, habida cuenta de la carga competencial actualmente afectante al mismo.

: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Doña Laura Esparrich Rovira, en nombre y representación de Don Esteban , contra la sentencia dictada en 29 de Marzo del 2007 por el Juzgado de lo Penal nº. 2 de los de Arenys de Mar en el Procedimiento Abreviado núm. 190/06, la que, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos íntegramente en todos sus pronunciamientos, declarando de oficio las costas procesales de esta alzada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará en legal forma a las pares, a las que se hará saber que la misma es firme y que contra ella no cabe recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Fallo

: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Doña Laura Esparrich Rovira, en nombre y representación de Don Esteban , contra la sentencia dictada en 29 de Marzo del 2007 por el Juzgado de lo Penal nº. 2 de los de Arenys de Mar en el Procedimiento Abreviado núm. 190/06, la que, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos íntegramente en todos sus pronunciamientos, declarando de oficio las costas procesales de esta alzada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará en legal forma a las pares, a las que se hará saber que la misma es firme y que contra ella no cabe recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.