Última revisión
19/11/2009
Sentencia Penal Nº 735/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 163/2009 de 19 de Noviembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 19 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: ARZUA ARRUGAETA, JAVIER
Nº de sentencia: 735/2009
Encabezamiento
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCIÓN SEGUNDA
Rollo de Apelación nº 163/09
Procedimiento Rápido nº 763/08
Juzgado de lo Penal 1 de Terrassa
Ilmos Srs Magistrados
D. Javier Arzua Arrugaeta
D. José Carlos Iglesias Martín
Dª Maria José Magaldi Paternostro
En Barcelona a diecinueve de noviembre de dos mil nueve
En nombre de S.M. el Rey la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación los autos de Procedimiento Rápido nº 763/08 procedentes del Juzgado de lo Penal número 1 de Terrassa en causa seguida por un delito contra la seguridad del tráfico habiendo sido partes en calidad de apelante Don Rosendo representado por la Procurador Doña Montserrat Puig y defendido por el Letrado Don Joan Guiteras Compte y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal siendo Magistrado Ponente SSª Ilma. Don Javier Arzua Arrugaeta quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes
PRIMERO.- En fecha 29 de abril de 2009 se dictó por el Juzgado de lo Penal 1 de Terrassa sentencia en la causa Procedimiento Rápido número 763/08 cuya parte dispositiva contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Don Rosendo que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Sección, donde tuvo su entrada a 6 de noviembre de 2009 señalándose el día de la fecha para la preceptiva deliberación y votación del recurso.
TERCERO.- En la tramitación y sustanciación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales sin perjuicio alvo la fecha de señalamiento debido a la elevada carga competencial del Tribunal.
CUARTO.- Se aceptan los Antecedentes de Hechos y los Hechos Probados de la sentencia apelada salvo lo que se dirá en los Fundamentos de Derecho.
Fundamentos
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCIÓN SEGUNDA
Rollo de Apelación nº 163/09
Procedimiento Rápido nº 763/08
Juzgado de lo Penal 1 de Terrassa
Ilmos Srs Magistrados
D. Javier Arzua Arrugaeta
D. José Carlos Iglesias Martín
Dª Maria José Magaldi Paternostro
En Barcelona a diecinueve de noviembre de dos mil nueve
En nombre de S.M. el Rey la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación los autos de Procedimiento Rápido nº 763/08 procedentes del Juzgado de lo Penal número 1 de Terrassa en causa seguida por un delito contra la seguridad del tráfico habiendo sido partes en calidad de apelante Don Rosendo representado por la Procurador Doña Montserrat Puig y defendido por el Letrado Don Joan Guiteras Compte y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal siendo Magistrado Ponente SSª Ilma. Don Javier Arzua Arrugaeta quien expresa el parecer del Tribunal.
PRIMERO.- En fecha 29 de abril de 2009 se dictó por el Juzgado de lo Penal 1 de Terrassa sentencia en la causa Procedimiento Rápido número 763/08 cuya parte dispositiva contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Don Rosendo que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Sección, donde tuvo su entrada a 6 de noviembre de 2009 señalándose el día de la fecha para la preceptiva deliberación y votación del recurso.
TERCERO.- En la tramitación y sustanciación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales sin perjuicio alvo la fecha de señalamiento debido a la elevada carga competencial del Tribunal.
CUARTO.- Se aceptan los Antecedentes de Hechos y los Hechos Probados de la sentencia apelada salvo lo que se dirá en los Fundamentos de Derecho.
Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por Don Rosendo contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2009 dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Terrassa en el Procedimiento Rápido número 763/08 debemos confirmar y confirmamos integramente dicha resolución.
Se declaran de oficio las costas devengadas en esta segunda instancia.
Notifíquese esta resolución, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala, al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, remítanse los autos al Juzgado de su procedencia para su conocimiento y efectos y, verificado ello, archívese el Rollo sin mas trámites, previas las oportunas anotaciones en los Libros Registro correspondientes.
Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos
Fallo
Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por Don Rosendo contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2009 dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Terrassa en el Procedimiento Rápido número 763/08 debemos confirmar y confirmamos integramente dicha resolución.
Se declaran de oficio las costas devengadas en esta segunda instancia.
Notifíquese esta resolución, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala, al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, remítanse los autos al Juzgado de su procedencia para su conocimiento y efectos y, verificado ello, archívese el Rollo sin mas trámites, previas las oportunas anotaciones en los Libros Registro correspondientes.
Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos
