Última revisión
18/09/2009
Sentencia Penal Nº 741/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 250/2009 de 18 de Septiembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 18 de Septiembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: NUÑEZ GALAN, ANA ROSA
Nº de sentencia: 741/2009
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEPTIMA
ROLLO 250/09-RP
JUICIO ORAL 351/08
JUZGADO DE LO PENAL Nº 23 DE MADRID
Ilmas. Sras. Magistradas
Dª. Teresa García Quesada
Dª. Ana Mercedes del Molino Romera
Dª. Ana Rosa Núñez Galán
En Madrid, a dieciocho de septiembre de dos mil nueve.
VISTO, en segunda instancia, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial de Madrid, el Juicio Oral nº 351/08, procedente del Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid, seguido por un delito de tenencia ilícita de armas, contra Efrain , venido a conocimiento de esta Sección en virtud del recurso de apelación que autoriza el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , interpuesto en tiempo y forma por dicho acusado contra la Sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado con fecha 10 de marzo de 2009.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Ana Rosa Núñez Galán.
Antecedentes
PRIMERO.- Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid, se dictó Sentencia de fecha 10 de marzo de 2009 , siendo su FALLO del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Efrain , como autor responsable de un delito de tenencia ílícita de armas ya definido, a la pena de 1 año de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales causadas".
En dicha resolución se recogen como hechos probados los siguientes: "Sobre las 22:30 del día 10 de mayo de 2007, Efrain , mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, con DNI NUM000 , fue sorprendido por los agentes del Cuerpo Nacional de Policía cuando se hallaba en la calle Besolla de Madrid, cuando portaba en el interior de su vehículo Citroen Xsara, matrícula F-....-FY , que se hallaba allí estacionado, una defensa eléctrica marca Scorpy Max modelo K++Security con inscripción encaja de 500000v, sin que el acusado sea funcionario especialmente habilitado para la tenencia de la misma".
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma por la Procuradora Dª. Maria Luisa Bermejo García, en representación del condenado en la instancia, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Recibidas las actuaciones, se formó el correspondiente Rollo de apelación y se señaló fecha para deliberación y resolución del recurso.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEPTIMA
ROLLO 250/09-RP
JUICIO ORAL 351/08
JUZGADO DE LO PENAL Nº 23 DE MADRID
Ilmas. Sras. Magistradas
Dª. Teresa García Quesada
Dª. Ana Mercedes del Molino Romera
Dª. Ana Rosa Núñez Galán
En Madrid, a dieciocho de septiembre de dos mil nueve.
VISTO, en segunda instancia, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial de Madrid, el Juicio Oral nº 351/08, procedente del Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid, seguido por un delito de tenencia ilícita de armas, contra Efrain , venido a conocimiento de esta Sección en virtud del recurso de apelación que autoriza el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , interpuesto en tiempo y forma por dicho acusado contra la Sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado con fecha 10 de marzo de 2009.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Ana Rosa Núñez Galán.
PRIMERO.- Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid, se dictó Sentencia de fecha 10 de marzo de 2009 , siendo su FALLO del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Efrain , como autor responsable de un delito de tenencia ílícita de armas ya definido, a la pena de 1 año de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales causadas".
En dicha resolución se recogen como hechos probados los siguientes: "Sobre las 22:30 del día 10 de mayo de 2007, Efrain , mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, con DNI NUM000 , fue sorprendido por los agentes del Cuerpo Nacional de Policía cuando se hallaba en la calle Besolla de Madrid, cuando portaba en el interior de su vehículo Citroen Xsara, matrícula F-....-FY , que se hallaba allí estacionado, una defensa eléctrica marca Scorpy Max modelo K++Security con inscripción encaja de 500000v, sin que el acusado sea funcionario especialmente habilitado para la tenencia de la misma".
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma por la Procuradora Dª. Maria Luisa Bermejo García, en representación del condenado en la instancia, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Recibidas las actuaciones, se formó el correspondiente Rollo de apelación y se señaló fecha para deliberación y resolución del recurso.
DESESTIMAMOS, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Maria Luisa Bermejo García, en nombre y representación de Efrain , contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid, de fecha 10 de marzo de 2009 y CONFIRMAMOS la misma, declarando de oficio las costas de esta alzada.
Siendo firme esta Sentencia desde esta fecha, por no caber contra ella recurso alguno, devuélvase la causa original junto con su testimonio al Juzgado de procedencia, una vez notificada a las partes, para su ejecución y cumplimiento.
Así por ésta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos
PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ima. Sra. Magistrada Dª. Ana Rosa Núñez Galán, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.
Fallo
DESESTIMAMOS, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Maria Luisa Bermejo García, en nombre y representación de Efrain , contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid, de fecha 10 de marzo de 2009 y CONFIRMAMOS la misma, declarando de oficio las costas de esta alzada.
Siendo firme esta Sentencia desde esta fecha, por no caber contra ella recurso alguno, devuélvase la causa original junto con su testimonio al Juzgado de procedencia, una vez notificada a las partes, para su ejecución y cumplimiento.
Así por ésta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos
PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ima. Sra. Magistrada Dª. Ana Rosa Núñez Galán, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.
