Última revisión
08/09/2009
Sentencia Penal Nº 743/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 140/2009 de 08 de Septiembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 08 de Septiembre de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: DEL CANTO, ENRIQUE ROVIRA
Nº de sentencia: 743/2009
Encabezamiento
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCION SEPTIMA
Rollo de Apelación núm. 140/09-E
Procedimiento Abreviado núm. 377/08
Juzgado de lo Penal núm. 13 de Barcelona
Ilma. Sra. Presidente
D.ª Ana Ingelmo Fernández
Ilmos. Sres. Magistrados
D. Daniel de Alfonso Laso
D. Enrique Rovira del Canto
En la ciudad de Barcelona, a ocho de septiembre de dos mil nueve.
En nombre de S.M. el Rey de España, Procedimiento Abreviado núm. 377/08, Rollo de Apelación núm. 140/09-E, sobre un delito contra la seguridad del tráfico, en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y otro de desobediencia, procedente del Juzgado de lo Penal núm. 13 de Barcelona, habiendo sido partes en calidad de apelante D. Segismundo , representado por el Procurador D. Jorge Sala Serra y asistido por la Letrada D.ª pilar Gómez González, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.
Ha sido designado Magistrado Ponente S.Sª Ilma. D. Enrique Rovira del Canto, quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes
PRIMERO. En fecha 06 de mayo de 2009 y por el Juzgado de lo Penal núm. 13 de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado núm. 377/08 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por el referenciado acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a pasado día 04 de los corrientes, habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.
TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.
Fundamentos
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCION SEPTIMA
Rollo de Apelación núm. 140/09-E
Procedimiento Abreviado núm. 377/08
Juzgado de lo Penal núm. 13 de Barcelona
Ilma. Sra. Presidente
D.ª Ana Ingelmo Fernández
Ilmos. Sres. Magistrados
D. Daniel de Alfonso Laso
D. Enrique Rovira del Canto
En la ciudad de Barcelona, a ocho de septiembre de dos mil nueve.
En nombre de S.M. el Rey de España, Procedimiento Abreviado núm. 377/08, Rollo de Apelación núm. 140/09-E, sobre un delito contra la seguridad del tráfico, en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y otro de desobediencia, procedente del Juzgado de lo Penal núm. 13 de Barcelona, habiendo sido partes en calidad de apelante D. Segismundo , representado por el Procurador D. Jorge Sala Serra y asistido por la Letrada D.ª pilar Gómez González, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.
Ha sido designado Magistrado Ponente S.Sª Ilma. D. Enrique Rovira del Canto, quien expresa el parecer del Tribunal.
PRIMERO. En fecha 06 de mayo de 2009 y por el Juzgado de lo Penal núm. 13 de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado núm. 377/08 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por el referenciado acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a pasado día 04 de los corrientes, habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.
TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.
Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Jorge Sala Serra, en nombre y representación de D. Segismundo , contra la sentencia dictada en fecha 06 de mayo de 2009 por el Juzgado de lo Penal núm. 13 de los de Barcelona en el Procedimiento Abreviado núm. 377/08 , debemos confirmar y confirmamos íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.
Fallo
Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Jorge Sala Serra, en nombre y representación de D. Segismundo , contra la sentencia dictada en fecha 06 de mayo de 2009 por el Juzgado de lo Penal núm. 13 de los de Barcelona en el Procedimiento Abreviado núm. 377/08 , debemos confirmar y confirmamos íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

