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Sentencia Penal Nº 76, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1732 de 07 de Abril de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 07 de Abril de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA
Nº de sentencia: 76
Resumen
Sobre las tres horas del día 11 de diciembre de 1993, el
acusado, se encontraba en las inmediaciones de la discoteca, discutiendo con
otras personas enzarzándose entre ellos, y en un momento dado, se acercó al
grupo Margarita María, con intención de apaciguarlos y cortar la pelea, siendo
empujada accidentalmente, el recibir un manotazo, cayendo al suelo, sufriendo
pérdida de conciencia, contusión en el ojo derecho y hematoma conjuntival con
sutura de herida, quedándole cicatriz con estigmas en los puntos de sutura en
el párpado superior derecho, invirtiendo doce días en la curación, y estando
imposibilitada para el desarrollo de su profesión unos cinco días, quedándole
como secuela la cicatriz referida, permanente, visible, y no notoria, habiendo
renunciado a mostrarse parte. Entonces, y aunque se reputara al encartado
participe en la causación del detrimento físico, lo sería a título de culpa,
estimativa impeditiva de condena según reiterada Jurisprudencia.
Se desestima el recurso.
Voces
Delitos de lesiones
Antecedentes penales
Indicio racional
Culpa
Error de hecho
Fundamentos
LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 1
Rollo: 1732 /1999
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de A CORUÑA
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO n° 11 /1997
N U M E R O 76
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