Sentencia Penal Nº 77, Au...io de 2000

Última revisión
14/06/2000

Sentencia Penal Nº 77, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 70 de 14 de Junio de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 14 de Junio de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: VILARIÑO LOPEZ, MARIA DEL CARMEN ANTONIA

Nº de sentencia: 77

Resumen
DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRAFICO El acusado conducía, previa ingestión de bebidas alcohólicas. Presentaba rostro ligeramente enrojecido, ojos brillantes, cambios bruscos en su estado de ánimo, fuerte olor al alcohol, habla pastosa, frases repetitivas y deambulación titubeante. Sometido en aquel punto a un control preventivo, el acusado se negó a su realización. En la primera de las alegaciones expuestas se plantea la cuestión relativa a la imposibilidad de una condena conjunta por los delitos previstos en los artículos 379 y 380 del Código Penal, argumentando que éste último precepto penal subsumiría el desvalor del artículo anterior. Que el delito de desobediencia del artículo 380 esté en directa relación con la conducta tipificada en el artículo 379 de conducción de un vehículo a motor bajos los efectos de bebidas alcohólicas, en cuanto habla de "someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de los hechos descritos en el artículo anterior", no implica que absorba dicha figura delictiva, puesto que, aunque relacionados entre si, se trata de dos comportamientos autónomos del sujeto activo. No estamos pues ante un conflicto de leyes, sino ante un concurso delictivo, al tratarse de acciones distintas, cada una subsumible en distinto precepto penal. Como segundo motivo se aduce que existiría un vicio de nulidad en lo actuado respecto al delito de desobediencia en base a que no cabe que el detenido en virtud de dicho delito renuncie a la asistencia Letrada. La eventual vulneración de esa garantía de defensa del detenido lo único que podría generar es que nada de lo declarado sin la asistencia de Letrado le pudiera perjudicar, no pudiendo valorarse como pruebas de cargo las diligencias probatorias derivadas de los hechos que hubiera podido hacer en el atestado. Sin embargo, la declaración del acusado ante los agentes de la Guardia Civil, versó única y exclusivamente en relación a los hechos constitutivos de la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

Voces

Bebida alcohólica

Delito contra la Seguridad Vial

Delito de desobediencia

Atestado

Privación del derecho a conducir vehículos

Prueba de cargo

Agente de la autoridad

Tipo penal

Antecedentes penales

Cuestión de constitucionalidad

Desobediencia grave

Conflicto de leyes

Delito de desobediencia grave

Vicio de nulidad

Intoxicación plena por consumo de alcohol

Conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas

Desobediencia a la autoridad

Psicotrópicos

Eximentes incompletas

Declaración de agente de la autoridad

Atenuante analógica

Voluntad

Embriaguez

Responsabilidad

Peligro para la vida

Lesividad

Atenuante

Fundamentos

Rollo de apelación penal núm. 70/00

Procedim. Abreviado núm. 232/99

Jdo de lo Penal N° 1 de Santiago

 

S E N T E N C I A

 

N° 77/2.000

 

AUDIENCIA PROVINCIAL

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