Última revisión
03/11/2009
Sentencia Penal Nº 772/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 123/2009 de 03 de Noviembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 03 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: BENLLOCH PETIT, GUILLERMO
Nº de sentencia: 772/2009
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN QUINTA
Rollo de Apelación n.º 123/2009
Procedimiento Abreviado n.º 649/2008
Juzgado de lo Penal n.º 14 de Barcelona
Magistrados:
Ilma. Sra. D.ª Elena Guindulain Oliveras
Ilmo. Sr. D. José María Assalit Vives
Ilmo. Sr. D. Guillermo Benlloch Petit
En la ciudad de Barcelona, a 3 de noviembre de 2009.
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación los autos del Procedimiento Abreviado núm. 649/2008 procedente del Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona en causa seguida por un delito de maltrato en el ámbito familiar y quebrantamiento de condena, habiendo intervenido, en calidad de apelante, el Ministerio Fiscal y, en calidad de apelado, don Jose Ángel .
Ha sido Magistrado Ponente S.S.ª Ilma. don Guillermo Benlloch Petit quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes
PRIMERO.- En fecha 2 de enero de 2009 se dictó por el Juzgado de lo Penal n.º 14 de Barcelona sentencia en el Procedimiento Abreviado número 649/2008 , cuya parte dispositiva contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por parte del Ministerio Fiscal que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Sección, donde tuvieron entrada el día 26 de mayo de 2009, señalándose día para la preceptiva deliberación y votación del recurso.
TERCERO.- En la tramitación y sustanciación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.
CUARTO.- Se aceptan los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN QUINTA
Rollo de Apelación n.º 123/2009
Procedimiento Abreviado n.º 649/2008
Juzgado de lo Penal n.º 14 de Barcelona
Magistrados:
Ilma. Sra. D.ª Elena Guindulain Oliveras
Ilmo. Sr. D. José María Assalit Vives
Ilmo. Sr. D. Guillermo Benlloch Petit
En la ciudad de Barcelona, a 3 de noviembre de 2009.
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación los autos del Procedimiento Abreviado núm. 649/2008 procedente del Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona en causa seguida por un delito de maltrato en el ámbito familiar y quebrantamiento de condena, habiendo intervenido, en calidad de apelante, el Ministerio Fiscal y, en calidad de apelado, don Jose Ángel .
Ha sido Magistrado Ponente S.S.ª Ilma. don Guillermo Benlloch Petit quien expresa el parecer del Tribunal.
PRIMERO.- En fecha 2 de enero de 2009 se dictó por el Juzgado de lo Penal n.º 14 de Barcelona sentencia en el Procedimiento Abreviado número 649/2008 , cuya parte dispositiva contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por parte del Ministerio Fiscal que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Sección, donde tuvieron entrada el día 26 de mayo de 2009, señalándose día para la preceptiva deliberación y votación del recurso.
TERCERO.- En la tramitación y sustanciación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.
CUARTO.- Se aceptan los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la Sentencia de fecha 2 de enero de 2009, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 14 de Barcelona , en el marco del Procedimiento Abreviado seguido con el número 649/2008, por lo que debemos confirmar y confirmamos dicha resolución en todos sus extremos.
Se declaran de oficio las costas procesales causadas en esta segunda instancia.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, junto al testimonio de la presente sentencia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, celebrando audiencia pública, doy fe.
Fallo
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la Sentencia de fecha 2 de enero de 2009, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 14 de Barcelona , en el marco del Procedimiento Abreviado seguido con el número 649/2008, por lo que debemos confirmar y confirmamos dicha resolución en todos sus extremos.
Se declaran de oficio las costas procesales causadas en esta segunda instancia.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, junto al testimonio de la presente sentencia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, celebrando audiencia pública, doy fe.
