Última revisión
06/11/2009
Sentencia Penal Nº 778/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 200/2009 de 06 de Noviembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 06 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: DEL CANTO, ENRIQUE ROVIRA
Nº de sentencia: 778/2009
Encabezamiento
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCION QUINTA
Rollo de Apelación núm. Apfal 200/09-G
Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 214/09
Juzgado de Instrucción núm. 25 de Barcelona
En la ciudad de Barcelona, a seis de noviembre de dos mil nueve.
En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 214/09, Rollo de Apelación núm. Apfal 200/09-G, sobre una falta de amenazas, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 25 de Barcelona, habiendo sido partes en calidad de apelante D.ª Modesta y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.
Antecedentes
PRIMERO. En fecha 17 de marzo de 2009 y por el Juzgado de Instrucción núm. 25 de los de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 214/09 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por la referenciada denunciada condenada, previos los trámites legales se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 23 de octubre de 2009 , en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.
TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.
Fundamentos
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCION QUINTA
Rollo de Apelación núm. Apfal 200/09-G
Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 214/09
Juzgado de Instrucción núm. 25 de Barcelona
En la ciudad de Barcelona, a seis de noviembre de dos mil nueve.
En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 214/09, Rollo de Apelación núm. Apfal 200/09-G, sobre una falta de amenazas, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 25 de Barcelona, habiendo sido partes en calidad de apelante D.ª Modesta y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.
PRIMERO. En fecha 17 de marzo de 2009 y por el Juzgado de Instrucción núm. 25 de los de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 214/09 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por la referenciada denunciada condenada, previos los trámites legales se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 23 de octubre de 2009 , en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.
TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.
Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por D.ª Modesta contra la sentencia dictada en fecha 17 de marzo de 2009 por el Juzgado de Instrucción núm. 25 de los de Barcelona en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 214/09 , debo confirmar y confirmo íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.
Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.
Fallo
Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por D.ª Modesta contra la sentencia dictada en fecha 17 de marzo de 2009 por el Juzgado de Instrucción núm. 25 de los de Barcelona en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 214/09 , debo confirmar y confirmo íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.
Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

