Última revisión
Sentencia Penal Nº 78, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 5102 de 10 de Mayo de 2001
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 10 de Mayo de 2001
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SANCHEZ JIMENEZ, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 78
Nº de recurso: 5102
Resumen
Acreditado que el punto del atropello se sitúa en el
centro del carril derecho de los dos que componen ese sentido de circulación de
la vía, y no habiendo motivo alguno para dudar de que su irrupción en la
calzada fue inopinada, según declara el denunciado, (ninguna prueba se
practicó al respecto en la vista oral, y en el atestado, reproducido por vía
documental, consta como causa eficiente o principal la antirreglamentaria
irrupción del peatón), se hace necesario compensar por vía de responsabilidad
civil las negligentes intervenciones de ambas partes, considerando de mayor
relevancia la culpa del peatón, que penetra de forma precipitada en una vía
concebida para alcanzar fuertes velocidades, que la del conductor del camión.
Voces
Factor de corrección
Imprudencia leve
Arresto sustitutorio
Causa eficiente
Atestado
Lesividad
Culpa
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