Sentencia Penal Nº 792/20...re de 2009

Última revisión
08/10/2009

Sentencia Penal Nº 792/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 169/2009 de 08 de Octubre de 2009

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Orden: Penal

Fecha: 08 de Octubre de 2009

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: DEL CANTO, ENRIQUE ROVIRA

Nº de sentencia: 792/2009


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEPTIMA

Rollo de Apelación núm. 169/09-K

Procedimiento Abreviado Rápido núm. 93/09

Juzgado de lo Penal núm. 2 de Granollers

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados

D. Luis Fernando Martínez Zapater

D. Enrique Rovira del Canto

D.ª Ana Rodríguez Santamaría

En la ciudad de Barcelona, a ocho de octubre de dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey de España, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 93/09, Rollo de Apelación Appra núm. 169/09 K, sobre un delito contra la seguridad vial, procedente del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Granollers, habiendo sido partes en calidad de apelante D. José , representado por la Procuradora D.ª Mireia Carreras Triola y asistido por el Letrado D. Salvador Sastre Vogel, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal, siendo Magistrado Ponente S.Sª Ilma. D. Enrique Rovira del Canto, quien expresa el parecer del Tribunal.

Antecedentes

PRIMERO. En fecha 01 de septiembre de 2009 y por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Granollers se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 93/09 que contiene el fallo condenatorio que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por la representación procesal del referenciado acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el pasado día 06 de los corrientes, habiéndose celebrado la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto, en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y Hechos Probados de la sentencia apelada.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEPTIMA

Rollo de Apelación núm. 169/09-K

Procedimiento Abreviado Rápido núm. 93/09

Juzgado de lo Penal núm. 2 de Granollers

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados

D. Luis Fernando Martínez Zapater

D. Enrique Rovira del Canto

D.ª Ana Rodríguez Santamaría

En la ciudad de Barcelona, a ocho de octubre de dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey de España, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 93/09, Rollo de Apelación Appra núm. 169/09 K, sobre un delito contra la seguridad vial, procedente del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Granollers, habiendo sido partes en calidad de apelante D. José , representado por la Procuradora D.ª Mireia Carreras Triola y asistido por el Letrado D. Salvador Sastre Vogel, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal, siendo Magistrado Ponente S.Sª Ilma. D. Enrique Rovira del Canto, quien expresa el parecer del Tribunal.

PRIMERO. En fecha 01 de septiembre de 2009 y por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Granollers se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 93/09 que contiene el fallo condenatorio que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por la representación procesal del referenciado acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el pasado día 06 de los corrientes, habiéndose celebrado la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto, en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y Hechos Probados de la sentencia apelada.

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. José , contra la sentencia dictada en fecha 01 de septiembre de 2009 por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de los de Granollers en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 93/09 , debemos confirmar y confirmamos en todos los pronunciamientos dicha resolución, declarando de oficio las costas procesales de esta alzada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

Fallo

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. José , contra la sentencia dictada en fecha 01 de septiembre de 2009 por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de los de Granollers en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 93/09 , debemos confirmar y confirmamos en todos los pronunciamientos dicha resolución, declarando de oficio las costas procesales de esta alzada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

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