Sentencia Penal Nº 8/2007, Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección 3, Rec 53/2004 de 09 de Febrero de 2007
- Orden: Penal
- Fecha: 09 de Febrero de 2007
- Tribunal: Audiencia Nacional
- Ponente: Guevara Marcos, Felix Alfonso
- Núm. Sentencia: 8/2007
- Núm. Recurso: 53/2004
- Núm. Cendoj: 28079220032007100011
- Núm. Ecli: ES:AN:2007:6123
Se absuelve a los acusados como autores penalmente responsables de un delito de integración en organización terrorista, en procedimiento seguido ante el Juzgado de Instrucción número 4. En el delito de colaboración con organización terrorista debe subsumirse la conducta que tiene el procesado, ello por cuanto sí bien existe una vinculación orgánica con la banda terrorista, la misma es de escasa duración temporal y no se traduce en actos propios de la actividad de la organización, siendo los actos desarrollados ya desvinculado de la estructura organizativa, el ofrecimiento a obtener informaciones sobre determinados lugares o personas objetivos potenciales de acciones, ofrecimiento a ayudar en caso necesario en el transporte y colaboración de artefactos explosivos en Baqueira Beret y, desconociendo el concreto destino, adquirir para la actividad de la banda dos teléfonos móviles y realizar una cierta aportación dineraria tal y como ha quedado acreditado. Pero en manera alguna puede concluirse que exista una vinculación permanente y de la suficiente intensidad para hablar de pertenencia o integración en la banda terrorista.
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