Última revisión
Sentencia Penal Nº 8, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 4 de 11 de Octubre de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 11 de Octubre de 2000
Tribunal: AP - Lugo
Ponente: PEREZ RODRIGUEZ, MODESTO
Nº de sentencia: 8
Nº de recurso: 4
Resumen
De acuerdo con el texto de la presente apelación, el
recurso en examen debe limitarse al estudio de la cuantia indemnizatoria que le
corresponde al lesionado, con motivo del accidente automovilístico que José le
proporcionó por imprudencia. Analizando el resarcimiento por los traumas que le
derivan del infortunio vial, cumple afirmar que acierta el Sr. Juez de
instrucción cuando, teniendo en cuenta el informe de sanidad de 21 de marzo de
2000, le asigna 14 puntos a los que añade 6 puntos por perjuicios estéticos,
máxime que a tal fin estético relacione, la edad del lesionado y el lugar
corporal y la extensión de las cicatrices. En la misma línea desestimatoria
cuadra subrayar que tampoco aporta ningún elemento eficaz la argumentación,
dimanante del atropellado, sobre la cuantia de la indemnización que pretende
respecto a la flexión dorsal del pié derecho, de la paresia del nervio mediano
en miembro superior derecho a nivel del carpo, ni los demás conceptos que se
leen en el folio 118 y 119 y siguientes como fuente indemnizatoria; de ahí que
deviene inadecuado otorgar ninguna ampliación económica basada en las
secuencias y en otros incisos que le siguieron al repetido Nicasio en ocasión
del 18 de febrero de 1999.
Se desestima el recurso.
Voces
Cuantía de la indemnización
Imprudencia leve
Días-multa
Perjuicio estético
Perjuicios estéticos
Falta de competencia
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