Sentencia Penal Nº 8, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 4 de 11 de Octubre de 2000
Sentencia Penal Nº 8, Aud...re de 2000

Última revisión
11/10/2000

Sentencia Penal Nº 8, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 4 de 11 de Octubre de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 11 de Octubre de 2000

Tribunal: AP - Lugo

Ponente: PEREZ RODRIGUEZ, MODESTO

Nº de sentencia: 8

Nº de recurso: 4

Resumen
De acuerdo con el texto de la presente apelación, el recurso en examen debe limitarse al estudio de la cuantia indemnizatoria que le corresponde al lesionado, con motivo del accidente automovilístico que José  le proporcionó por imprudencia. Analizando el resarcimiento por los traumas que le derivan del infortunio vial, cumple afirmar que acierta el Sr. Juez de instrucción cuando, teniendo en cuenta el informe de sanidad de 21 de marzo de 2000, le asigna 14 puntos a los que añade 6 puntos por perjuicios estéticos, máxime que a tal fin estético relacione, la edad del lesionado y el lugar corporal y la extensión de las cicatrices. En  la  misma línea desestimatoria cuadra subrayar que tampoco aporta ningún elemento eficaz la argumentación, dimanante del atropellado, sobre la cuantia de la indemnización que pretende respecto a la flexión dorsal del pié derecho, de la paresia del nervio mediano en miembro superior derecho a nivel del carpo, ni los demás conceptos que se leen en el folio 118 y 119 y siguientes como fuente indemnizatoria; de ahí que deviene inadecuado otorgar ninguna ampliación económica basada  en las  secuencias y en otros incisos que le siguieron al repetido Nicasio en ocasión  del 18 de febrero de 1999. Se desestima el recurso.

Voces

Cuantía de la indemnización

Imprudencia leve

Días-multa

Perjuicio estético

Perjuicios estéticos

Falta de competencia