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Sentencia Penal Nº 8, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 16 de 11 de Octubre de 2000
Texto
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 11 de Octubre de 2000
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: FUENTESECA DEGENEFFE, MARGARITA
Nº de sentencia: 8
Resumen
La parte apelante fundamenta su recurso en la falta de
motivación o descripción de los medios de prueba que han dado lugar a la
sentencia condenatoria. La sentencia apelada se fundamenta en la declaración de
José Antonio (folios 20 y 21) como imputado que coincide esencialmente con lo
manifestado por la denunciante en el atestado policial, salvo en lo referente
al propio declarante, que inicialmente también fue denunciado, pero en el
propio acto del juicio, pedida su absolución por el Ministerio Fiscal, se adhirió
la denunciante a dicha petición. Quedan así suficientemente probados los hechos
y respetado el principio de presunción de inocencia, puesto que es irrelevante
a efectos de fijación de los hechos probados las malas relaciones entre José
Antonio (inicialmente imputado) y M Rosa (que resultó condenada), puesto que la
declaración del primero simplemente pretende probar su propia falta de
participación en los hechos, contribuyendo a la fijación de los mismos.
Se desestima el recurso.
Voces
Medios de prueba
Sentencia de condena
Atestado policial
Declaración de hechos probados
Principio de presunción de inocencia
Declaración del testigo
Mala fe
Temeridad
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE OURENSE
Sección 2
Rollo 16 /2000
órgano Procedencia: JDO. 1ª .INST. E INSTRUCCION N. 4 de OURENSE
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 4 /2000
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