Sentencia Penal Nº 828/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec ...de Diciembre de 2014
Sentencia Penal Nº 828/20...re de 2014

Última revisión
09/01/2015

Sentencia Penal Nº 828/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 608/2014 de 01 de Diciembre de 2014

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Orden: Penal

Fecha: 01 de Diciembre de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: JORGE BARREIRO, ALBERTO GUMERSINDO

Nº de sentencia: 828/2014

Nº de recurso: 608/2014

Núm. Cendoj: 28079120012014100842

Núm. Ecli: ES:TS:2014:5232

Núm. Roj: STS 5232/2014

Resumen
- Condena por un delito continuado de estafa en la modalidad agravada por razón de la cuantía. Los hechos consistieron en la constitución por el acusado de una compañía aérea destinada al transporte de pasajeros sin que se aportara ni el capital ni los medios personales y materiales imprescindibles para ponerla en funcionamiento. Pese a lo cual, el acusado, ocultando la imposibilidad de que la empresa fuera adelante, exigió a los pilotos en el momento de contratarlos la entrega de diferentes pagarés avalados que fue descontando en una entidad bancaria, importe que no les fue devuelto en cuantía alguna. El perjuicio ocasionado a las víctimas superó los 400.000 euros. - Se rechaza el quebrantamiento de forma consistente en la negativa de una prueba documental propuesta por la defensa y también se rechaza la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia. - Concurren los elementos objetivo y subjetivo del delito continuado de estafa agravada por razón de la cuantía. Para ello no se precisa que concurra un dolo directo sino que es suficiente con consten debidamente acreditados los requisitos propios del dolo eventual, que en el supuesto concreto concurren sin duda. - Se estima, no obstante, parcialmente el recurso de casación al considerar que no procede operar punitivamente en el presente caso de forma acumulada con la agravación de la continuidad delictiva y con la de la estafa por razón de la cuantía. Para ello sería preciso que alguno de los actos defraudatorios concretos alcanzara la cuantía de los 50.000 euros, supuesto fáctico que no consta descrito en los hechos declarados probados de la sentencia recurrida. En vista de lo cual se aplica solo la pena correspondiente al art. 250.1.5º del C. Penal, excluyéndose la del art. 74, lo que conlleva la reducción de las penas impuestas en la sentencia impugnada.

Voces

Indefensión

Presunción de inocencia

Omisión

Prueba de testigos

Prueba documental

Medios de prueba

Delito continuado de estafa

Ánimo defraudatorio

Objeto del proceso

Delitos continuados

Prueba de cargo

Cuota impagada

Tiempo de condena

Voluntad

Inhabilitación especial

Dolo

Autor responsable

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Derecho a la tutela judicial efectiva

Delito de estafa

Pruebas aportadas

Aportación de pruebas

Práctica de la prueba