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Sentencia Penal Nº 83, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 131 de 01 de Septiembre de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 01 de Septiembre de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL, JULIO CESAR
Nº de sentencia: 83
Resumen
El testimonio de cargo del ofendido era suficiente, en
este caso, para desvirtuar la presunción de inocencia del apelante y justificar
así la decisión condenatoria del juez de instancia. El denunciante, en efecto,
como guardia de seguridad del puerto en el ejercicio de sus funciones aseguró
haber tenido un incidente violento con la persona que ahora recurre, en unos
términos perfectamente creíbles, y ajenos a cualquier posible intención,
irregular o de injustificado perjuicio hacia el denunciado, cuya certeza quedó
refrendada en sentido contrario, por el dato objetivo del parte médico
acreditativo de las lesiones sufridas, con el carácter importantísimo que tenía
de complemento de prueba de la acusación, al conferir coherencia y
verosimilitud al relato fáctico llevado a cabo por el denunciante, tanto ante
la policía como en el juicio, todo lo cual, por lo tanto, fue valorado
correctamente en la sentencia, en virtud del principio de apreciación libre y
en conciencia establecido en el art. 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se desestima el recurso.
Voces
Responsabilidad
Vejaciones
Falta de lesiones
Arresto
Arresto sustitutorio
Presunción de inocencia
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 5
Rollo: 131 /1999
JDO. INSTRUCCION N. 5 de A CORUÑA
JUICIO DE FALTAS n° 474 /1998
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