Sentencia Penal Nº 834/20...re de 2009

Última revisión
29/10/2009

Sentencia Penal Nº 834/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 189/2009 de 29 de Octubre de 2009

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Orden: Penal

Fecha: 29 de Octubre de 2009

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: DEL CANTO, ENRIQUE ROVIRA

Nº de sentencia: 834/2009


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEPTIMA

Rollo de Apelación núm. 189/09-G

Procedimiento Abreviado Rápido núm. 263/08

Juzgado de lo Penal núm. 3 de Granollers

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados

D. Daniel de Alfonso Laso

D. Enrique Rovira del Canto

D.ª Ana Rodríguez Santamaría

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de octubre de dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey de España, miento Abreviado Rápido núm. 263/08, Rollo de Apelación núm. 189/09-G, sobre un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa procedente del Juzgado de lo Penal núm. 3 de Granollers, habiendo sido partes en calidad de apelantes D. Roque y D. Urbano , representados por Ana Mª Roca Vila y asistidos por el Letrado D. Manuel Ruiz Vela, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.

Ha sido designado Magistrado Ponente S.Sª Ilma. D. Enrique Rovira del Canto, quien expresa el parecer del Tribunal.

Antecedentes

PRIMERO. En fecha 30 de octubre de 2008 y por el Juzgado de lo Penal núm. 3 de Granollers se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 263/08 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por los referenciados acusados, y previos los trámites legales se remitieron los autos a ón el pasado día 26 de los corrientes, habiéndose celebrado en el día de la fecha, tras la reclamación del Juzgado de procedencia de los escritos de recurso, la preceptiva deliberación y votación de los recursos interpuestos en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEPTIMA

Rollo de Apelación núm. 189/09-G

Procedimiento Abreviado Rápido núm. 263/08

Juzgado de lo Penal núm. 3 de Granollers

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados

D. Daniel de Alfonso Laso

D. Enrique Rovira del Canto

D.ª Ana Rodríguez Santamaría

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de octubre de dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey de España, miento Abreviado Rápido núm. 263/08, Rollo de Apelación núm. 189/09-G, sobre un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa procedente del Juzgado de lo Penal núm. 3 de Granollers, habiendo sido partes en calidad de apelantes D. Roque y D. Urbano , representados por Ana Mª Roca Vila y asistidos por el Letrado D. Manuel Ruiz Vela, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.

Ha sido designado Magistrado Ponente S.Sª Ilma. D. Enrique Rovira del Canto, quien expresa el parecer del Tribunal.

PRIMERO. En fecha 30 de octubre de 2008 y por el Juzgado de lo Penal núm. 3 de Granollers se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 263/08 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por los referenciados acusados, y previos los trámites legales se remitieron los autos a ón el pasado día 26 de los corrientes, habiéndose celebrado en el día de la fecha, tras la reclamación del Juzgado de procedencia de los escritos de recurso, la preceptiva deliberación y votación de los recursos interpuestos en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Que con desestimación de los recursos de apelación interpuestos por la representación procesal de D. Roque y D. Urbano , contra la sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2008 Roque y D. Urbano por el Juzgado de lo Penal núm. 3 de los de Granollers en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 263/08 , debemos confirmar y confirmamos íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

Fallo

Que con desestimación de los recursos de apelación interpuestos por la representación procesal de D. Roque y D. Urbano , contra la sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2008 Roque y D. Urbano por el Juzgado de lo Penal núm. 3 de los de Granollers en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 263/08 , debemos confirmar y confirmamos íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

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