Sentencia Penal Nº 855/20...re de 2009

Última revisión
20/11/2009

Sentencia Penal Nº 855/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 208/2009 de 20 de Noviembre de 2009

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Orden: Penal

Fecha: 20 de Noviembre de 2009

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: DEL CANTO, ENRIQUE ROVIRA

Nº de sentencia: 855/2009


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION QUINTA

Rollo de Apelación núm. Apfal 208/09-G

Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 273/09

Juzgado de Instrucción núm. 5 de Sant Boi de Llobregat

S E N T E N C I A Nº

En la ciudad de Barcelona, a veinte de noviembre de dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 273/09, Rollo de Apelación núm. Apfal 208/09-G, sobre una falta de lesiones procedente del Juzgado de Instrucción núm. 5 de Sant Boi de Llobregat, habiendo sido partes en calidad de apelante D. Samuel , representado por el Procurador D. José Manuel Feixo Bergada y asistido por la Letrada D.ª Elisa Martín González, habiéndose adherido al mismo el Ministerio Fiscal, y en calidad de apelado D. Luis Pablo , representado por el Procurador D. José María Ramírez Bercero y asistido por el Letrado D. Fernando Lizcano de la Rosa.

Antecedentes

PRIMERO. En fecha 20 de julio de 2009 y por el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Sant Boi de Llobregat se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 273/09 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por la representación procesal del referenciado denunciado, previos los trámites legales, habiéndose adherido el Ministerio Fiscal al recurso y opuesto al mismo el apelado, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el pasado día 06 de los corrientes, en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION QUINTA

Rollo de Apelación núm. Apfal 208/09-G

Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 273/09

Juzgado de Instrucción núm. 5 de Sant Boi de Llobregat

S E N T E N C I A Nº

En la ciudad de Barcelona, a veinte de noviembre de dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 273/09, Rollo de Apelación núm. Apfal 208/09-G, sobre una falta de lesiones procedente del Juzgado de Instrucción núm. 5 de Sant Boi de Llobregat, habiendo sido partes en calidad de apelante D. Samuel , representado por el Procurador D. José Manuel Feixo Bergada y asistido por la Letrada D.ª Elisa Martín González, habiéndose adherido al mismo el Ministerio Fiscal, y en calidad de apelado D. Luis Pablo , representado por el Procurador D. José María Ramírez Bercero y asistido por el Letrado D. Fernando Lizcano de la Rosa.

PRIMERO. En fecha 20 de julio de 2009 y por el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Sant Boi de Llobregat se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 273/09 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por la representación procesal del referenciado denunciado, previos los trámites legales, habiéndose adherido el Ministerio Fiscal al recurso y opuesto al mismo el apelado, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el pasado día 06 de los corrientes, en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. Samuel contra la sentencia dictada en fecha 20 de julio de 2009 por el Juzgado de Instrucción núm. 5 de los de Sant Boi de Llobregat en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 273/09 , debo confirmar y confirmo íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

Fallo

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. Samuel contra la sentencia dictada en fecha 20 de julio de 2009 por el Juzgado de Instrucción núm. 5 de los de Sant Boi de Llobregat en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 273/09 , debo confirmar y confirmo íntegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

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