Sentencia Penal Nº 932/20...re de 2007

Última revisión
26/11/2007

Sentencia Penal Nº 932/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 173/2007 de 26 de Noviembre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 26 de Noviembre de 2007

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: GIMENO JUBERO, MIGUEL ANGEL

Nº de sentencia: 932/2007


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Sexta

Rollo nº 173-07

Juzgado de lo Penal nº 10 de Barcelona

Procedimiento Abreviado nº 520-06

SENTENCIA Nº

Ilmos. Magistrados

D. Miguel Ángel Gimeno Jubero

D. Pablo Llarena Conde

Dª Mª Dolores Balibrea Pérez

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de noviembre de dos mil siete..

VISTO en grado de apelación, ante esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial, el presente rollo nº 173-07, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 520-06, procedente del Juzgado de lo Penal nº 10 de Barcelona, seguido por un delito de robo, contra Miguel ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el procurador D Lluc Calvo Soler, en nombre y representación de Miguel , contra sentencia dictada en día 21-5-07 por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado de lo Penal, siendo parte apelada el Ministerio Fiscal.

Antecedentes

Primero.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: FALLO: QUE DEBO CONDENAR y CONDENO a Miguel como autor responsable de un delito intentado de ROBO CON INTIMIDACIÓN, previsto y penado en los artículos 242.1 y 16 y 62 del Código Penal , con la concurrencia de la agravante de reincidencia, y la atenuante de drogadicción, a la pena de UN AÑO Y DOS MESES DE PRISIÓN y accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas del juicio.

Segundo.- Admitido a trámite y de conformidad en lo establecido en el art. 795.4ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo en emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales en esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia

Tercero.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Miguel Ángel Gimeno Jubero, que expresa el parecer del Tribunal.

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Sexta

Rollo nº 173-07

Juzgado de lo Penal nº 10 de Barcelona

Procedimiento Abreviado nº 520-06

SENTENCIA Nº

Ilmos. Magistrados

D. Miguel Ángel Gimeno Jubero

D. Pablo Llarena Conde

Dª Mª Dolores Balibrea Pérez

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de noviembre de dos mil siete..

VISTO en grado de apelación, ante esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial, el presente rollo nº 173-07, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 520-06, procedente del Juzgado de lo Penal nº 10 de Barcelona, seguido por un delito de robo, contra Miguel ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el procurador D Lluc Calvo Soler, en nombre y representación de Miguel , contra sentencia dictada en día 21-5-07 por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado de lo Penal, siendo parte apelada el Ministerio Fiscal.

Primero.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: FALLO: QUE DEBO CONDENAR y CONDENO a Miguel como autor responsable de un delito intentado de ROBO CON INTIMIDACIÓN, previsto y penado en los artículos 242.1 y 16 y 62 del Código Penal , con la concurrencia de la agravante de reincidencia, y la atenuante de drogadicción, a la pena de UN AÑO Y DOS MESES DE PRISIÓN y accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas del juicio.

Segundo.- Admitido a trámite y de conformidad en lo establecido en el art. 795.4ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo en emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales en esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia

Tercero.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Miguel Ángel Gimeno Jubero, que expresa el parecer del Tribunal.

Que con DESESTIMACIÓN del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Miguel , contra sentencia dictada en 21-5-07 por el Juzgado de lo Penal nº 10 de Barcelona, en PA nº 520-06 , debemos confirmar dicha resolución; se declaran de oficio las costas del recurso.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedente, con testimonio de esta resolución, para su conocimiento y cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el Ilmo. Sr. Magistrado ponente, celebrando audiencia pública. Doy fe.

Fallo

Que con DESESTIMACIÓN del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Miguel , contra sentencia dictada en 21-5-07 por el Juzgado de lo Penal nº 10 de Barcelona, en PA nº 520-06 , debemos confirmar dicha resolución; se declaran de oficio las costas del recurso.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedente, con testimonio de esta resolución, para su conocimiento y cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el Ilmo. Sr. Magistrado ponente, celebrando audiencia pública. Doy fe.

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