Sentencia Penal Nº 932/20...re de 2007

Última revisión
19/11/2007

Sentencia Penal Nº 932/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 389/2007 de 19 de Noviembre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 19 de Noviembre de 2007

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: MAGALDI PATERNOSTRO, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 932/2007


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEGUNDA

Rollo de Apelación nº AP389/07

Proceso Abreviado nº 68/06

Juzgado de lo Penal nº 2 de Mataró

S E N T E N C I A nº 932

Ilmo. Sr. Presidente

D. Pedro Martín García

Ilmos. Srs. Magistrados

D. Javier Arzúa Arrugaeta

Dª María José Magaldi Paternostro

En la ciudad de Barcelona a diecinueve de noviembre de dos mil siete

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Proceso Abreviado nº 68/06 , Rollo de Apelación nº AP389/07 sobre delito de receptación y delito de falsedad procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Mataró, en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Manuel , representado por el Procurador Sra Doménech Fontanet en virtud del recurso de apelación interpuesto por el referido acusado contra la sentencia dictada a 3 de septiembre de 2007 por la Sra. Juez del expresado Juzgado .

El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal quien solicitó la confirmación de la sentencia objeto de apelación.

Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.

Antecedentes

PRIMERO.- En fecha 3 de septiembre de 2007 y por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Mataró se dictó sentencia en el Proceso Abreviado nº 68/06 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Apelada fue la sentencia por la representación procesal del acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a esta Sección teniendo entrada en la misma el día 9 de noviembre de 2007 , habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO.- Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEGUNDA

Rollo de Apelación nº AP389/07

Proceso Abreviado nº 68/06

Juzgado de lo Penal nº 2 de Mataró

S E N T E N C I A nº 932

Ilmo. Sr. Presidente

D. Pedro Martín García

Ilmos. Srs. Magistrados

D. Javier Arzúa Arrugaeta

Dª María José Magaldi Paternostro

En la ciudad de Barcelona a diecinueve de noviembre de dos mil siete

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Proceso Abreviado nº 68/06 , Rollo de Apelación nº AP389/07 sobre delito de receptación y delito de falsedad procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Mataró, en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Manuel , representado por el Procurador Sra Doménech Fontanet en virtud del recurso de apelación interpuesto por el referido acusado contra la sentencia dictada a 3 de septiembre de 2007 por la Sra. Juez del expresado Juzgado .

El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal quien solicitó la confirmación de la sentencia objeto de apelación.

Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.

PRIMERO.- En fecha 3 de septiembre de 2007 y por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Mataró se dictó sentencia en el Proceso Abreviado nº 68/06 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Apelada fue la sentencia por la representación procesal del acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a esta Sección teniendo entrada en la misma el día 9 de noviembre de 2007 , habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO.- Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sra Doménech Fontanet , en nombre y representación de Manuel contra la sentencia dictada a 3 de septiembre de 2007 por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Mataró en el Procedimiento Abreviado nº 68/06 debemos confirmar y confirmamos integramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales del recurso.

.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por la Ilma Sra Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia publica. DOY FE.

Fallo

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sra Doménech Fontanet , en nombre y representación de Manuel contra la sentencia dictada a 3 de septiembre de 2007 por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Mataró en el Procedimiento Abreviado nº 68/06 debemos confirmar y confirmamos integramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales del recurso.

.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por la Ilma Sra Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia publica. DOY FE.

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