Sentencia Penal Nº 939/20...re de 2007

Última revisión
06/11/2007

Sentencia Penal Nº 939/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 276/2007 de 06 de Noviembre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 06 de Noviembre de 2007

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: RODRIGUEZ SANTAMARIA, ANA

Nº de sentencia: 939/2007


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN SÉPTIMA

ROLLO: 276/07-E

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 225/07

JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 DE LOS DE GRANOLLERS

Ilmos. Sres.:

Dª. Ana Ingelmo Fernández

D. Enrique Rovira del Canto

Dª. Ana Rodríguez Santamaría

En la Ciudad de Barcelona, a 06 de noviembre de 2007.

SENTENCIA

Vista en nombre de S.M. El Rey en Juicio Oral y público ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal nº 276/07, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de los de Granollers en el Procedimiento Abreviado nº 225/07, seguido por un delito de robo con intimidación y uso de arma contra Angelina , siendo parte apelante esta misma, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Salvans Fernández y defendida por la Letrada Sra. Martínez Hinarejos y parte apelada el Ministerio Fiscal, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Ana Rodríguez Santamaría , la cual expresa el criterio unánime del Tribunal.

Antecedentes

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada 31 de julio de 2007 es del tenor literal siguiente:

"Fallo: Que debo condenar y condeno a Angelina como autora responsable de un delito de robo con intimidaci y uso de armas tipificado en el art ulo 237 , en relaci con el art ulo 242.1 y 2 del C igo Penal, concurriendo la circunstancia atenuante del art ulo 21.1 en relaci con el art ulo 20.1 del C igo Penal y se le impone la pena de un a de prisi , inhabilitaci especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y las costas procesales".

SEGUNDO.- Notificada dicha resoluci contra la misma se interpuso recurso de apelaci por la condenada; y una vez admitido a tr ite dicho recurso se dio traslado del mismo a las dem partes para que por el t mino legal formulasen las alegaciones que tuviesen por convenientes a sus respectivos derechos, tr ite que fue evacuado con el resultado que es de ver en las actuaciones, siendo estas remitidas con posterioridad a esta Secci de la Audiencia Provincial, y recibidas se se l?d y hora para la deliberaci y votaci del recurso.

TERCERO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Se acepta en su integridad la declaraci de HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN SÉPTIMA

ROLLO: 276/07-E

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 225/07

JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 DE LOS DE GRANOLLERS

Ilmos. Sres.:

Dª. Ana Ingelmo Fernández

D. Enrique Rovira del Canto

Dª. Ana Rodríguez Santamaría

En la Ciudad de Barcelona, a 06 de noviembre de 2007.

SENTENCIA

Vista en nombre de S.M. El Rey en Juicio Oral y público ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal nº 276/07, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de los de Granollers en el Procedimiento Abreviado nº 225/07, seguido por un delito de robo con intimidación y uso de arma contra Angelina , siendo parte apelante esta misma, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Salvans Fernández y defendida por la Letrada Sra. Martínez Hinarejos y parte apelada el Ministerio Fiscal, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Ana Rodríguez Santamaría , la cual expresa el criterio unánime del Tribunal.

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada 31 de julio de 2007 es del tenor literal siguiente:

"Fallo: Que debo condenar y condeno a Angelina como autora responsable de un delito de robo con intimidaci y uso de armas tipificado en el art ulo 237 , en relaci con el art ulo 242.1 y 2 del C igo Penal, concurriendo la circunstancia atenuante del art ulo 21.1 en relaci con el art ulo 20.1 del C igo Penal y se le impone la pena de un a de prisi , inhabilitaci especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y las costas procesales".

SEGUNDO.- Notificada dicha resoluci contra la misma se interpuso recurso de apelaci por la condenada; y una vez admitido a tr ite dicho recurso se dio traslado del mismo a las dem partes para que por el t mino legal formulasen las alegaciones que tuviesen por convenientes a sus respectivos derechos, tr ite que fue evacuado con el resultado que es de ver en las actuaciones, siendo estas remitidas con posterioridad a esta Secci de la Audiencia Provincial, y recibidas se se l?d y hora para la deliberaci y votaci del recurso.

TERCERO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Se acepta en su integridad la declaraci de HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada

Que con desestimaci del recurso de apelaci interpuesto por el Procurador Sr. Salvans Fern dez, en nombre y representaci de Angelina contra la sentencia dictada a 31 de julio de 2007 por el Juzgado de lo Penal n . 2 de Granollers en el Procedimiento Abreviado n . 225/07 debemos confirmar y confirmamos tegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales del recurso.

Notif uese la presente resoluci a las partes, haci doles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devu vanse los autos originales al Juzgado de su procedencia.

As?por esta nuestra sentencia, de la que se unir?certificaci al Rollo de Sala, la pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACI .- La anterior resoluci ha sido publicada en forma legal por la Ilma. Magistrada ponente de la misma por su lectura en audiencia p lica en el mismo d de su dictado. Doy fe.

Fallo

Que con desestimaci del recurso de apelaci interpuesto por el Procurador Sr. Salvans Fern dez, en nombre y representaci de Angelina contra la sentencia dictada a 31 de julio de 2007 por el Juzgado de lo Penal n . 2 de Granollers en el Procedimiento Abreviado n . 225/07 debemos confirmar y confirmamos tegramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia, declarando de oficio las costas procesales del recurso.

Notif uese la presente resoluci a las partes, haci doles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devu vanse los autos originales al Juzgado de su procedencia.

As?por esta nuestra sentencia, de la que se unir?certificaci al Rollo de Sala, la pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACI .- La anterior resoluci ha sido publicada en forma legal por la Ilma. Magistrada ponente de la misma por su lectura en audiencia p lica en el mismo d de su dictado. Doy fe.

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