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Sentencia Penal Nº 96, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 60 de 22 de Junio de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 22 de Junio de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: DOMINGUEZ VIGUEIRA FERNANDEZ, ANGELA
Nº de sentencia: 96
Resumen
Se declara probado por conformidad de las partes,
manifestada en el acto del Juicio Oral que, Angela A , mayor de edad y sin
antecedentes penales, resultó condenada, en los autos de Juicio Verbal Civil
n°. 2 de Villagarcía de Arosa, en virtud de sentencia de 9 de Diciembre de
1.996 (firme el 20 de enero de 1.997 y notificada personalmente dicha firmeza a
la acusada el día 13.02.97) a abonar a Dª. El Ministerio Fiscal, en sus
conclusiones provisionales calificó su versión de los hechos como constitutivos
de un delito de ALZAMIENTO DE BIENES, previsto y penado en el artº. 257.1-1°
del C.P., y acusa como criminalmente responsable del mismo en concepto de
AUTORAS ANGELA A E IRIA O a, y solicitó se le impusiera la pena para Angela A a
pena de prisión de 2 años y multa de 15 meses, con una cuota diaria de 200
ptas, apreciando la atenuante en edad juvenil del artº. Solicitando para Angela
A , la pena de 6 meses de prisión y multa de 7 meses con la cuota que ya se
señalaba y para Iria O la de 4 meses de prisión y multa de 4 meses con la misma
cuota, pudiendo sustituirse aquella conforme a lo previsto en los arts. 71 y 88 del Código Penal por la de 24 arrestos de fin de semana. Se condena a la acusada ANGELA A , a la pena de 6 meses de prisión y multa de 7 meses con una
cuota diaria de 200 ptas y a la acusada IRIA O a la pena de 4 meses de prisión
y multa de 4 meses con la misma cuota, pudiendo sustituirse aquella conforme a
lo previsto en los arts.
Voces
Antecedentes penales
Atenuante
Alzamiento de bienes
Delito de alzamiento de bienes
Responsabilidad
Arresto de fin de semana
Intereses legales
Interés legal del dinero
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION SEGUNDA
PONTEVEDRA
LA SECCION SEGUNDA DE ESTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por DON JOSÉ JUAN RAMÓN BARREIRO PRADO, …
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