Sentencia Penal Nº 972/20...re de 2007

Última revisión
29/10/2007

Sentencia Penal Nº 972/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 48/2007 de 29 de Octubre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 29 de Octubre de 2007

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: SOTORRA CAMPODARVE, MARIA CONCEPCION

Nº de sentencia: 972/2007


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN VEINTE

Magistrada-Ponente :

María de la Concepción Sotorra Campodarve

Rollo nº : APPEN 48/07 JR

Procedimiento Abreviado nº : 407/06

Juzgado de lo Penal nº : 19 de Barcelona

Recurrente: Antonio

SENTENCIA nº 972/07

Ilmos Sres.

D. Fernando Pérez Maiquez

Dª. María del Carmen Zabalegui Muñoz

Dª. María de la Concepción Sotorra Campodarve

En la ciudad de Barcelona, a 29 de octubre de 2007

Visto, en nombre de SM el Rey, por la Sección Veinte de esta Audiencia Provincial, el rollo de Apelación nº 48/07, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 407/06 seguido por el Juzgado de lo Penal nº 19 de Barcelona, por un delito de quebrantamiento de medida cautelar; entre partes, de una y como apelante D. Antonio , representado por el Procurador Sra. Morcillo, y defendido por el Letrado Sr. Gil Cantons; y de otra, como apelada, el Ministerio Fiscal.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Penal se dictó en el procedimiento de referencia, sentencia de la que trae causa el presente rollo, por la que se condenaba a Antonio como autor de un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.2 del Código Penal , a las penas, a la que nos remitimos por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Contra la expresada sentencia se interpuso recurso de apelación por el acusado, con apoyo en los argumentos que constan en los escritos presentados, dándose traslado a las demás partes con el resultado que obra en las actuaciones, que fueron remitidas a esta Audiencia para la resolución del recurso interpuesto.

TERCERO.- Recibidas en la Sección, fueron sometidas las actuaciones a reparto, designándose como Magistrada Ponente a la Ilma Sra. Dª. María de la Concepción Sotorra Campodarve, que expresa el criterio unánime del tribunal. En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la fecha que aparece en el encabezamiento de esta sentencia la de deliberación y votación del referido recurso.

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN VEINTE

Magistrada-Ponente :

María de la Concepción Sotorra Campodarve

Rollo nº : APPEN 48/07 JR

Procedimiento Abreviado nº : 407/06

Juzgado de lo Penal nº : 19 de Barcelona

Recurrente: Antonio

SENTENCIA nº 972/07

Ilmos Sres.

D. Fernando Pérez Maiquez

Dª. María del Carmen Zabalegui Muñoz

Dª. María de la Concepción Sotorra Campodarve

En la ciudad de Barcelona, a 29 de octubre de 2007

Visto, en nombre de SM el Rey, por la Sección Veinte de esta Audiencia Provincial, el rollo de Apelación nº 48/07, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 407/06 seguido por el Juzgado de lo Penal nº 19 de Barcelona, por un delito de quebrantamiento de medida cautelar; entre partes, de una y como apelante D. Antonio , representado por el Procurador Sra. Morcillo, y defendido por el Letrado Sr. Gil Cantons; y de otra, como apelada, el Ministerio Fiscal.

PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Penal se dictó en el procedimiento de referencia, sentencia de la que trae causa el presente rollo, por la que se condenaba a Antonio como autor de un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.2 del Código Penal , a las penas, a la que nos remitimos por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Contra la expresada sentencia se interpuso recurso de apelación por el acusado, con apoyo en los argumentos que constan en los escritos presentados, dándose traslado a las demás partes con el resultado que obra en las actuaciones, que fueron remitidas a esta Audiencia para la resolución del recurso interpuesto.

TERCERO.- Recibidas en la Sección, fueron sometidas las actuaciones a reparto, designándose como Magistrada Ponente a la Ilma Sra. Dª. María de la Concepción Sotorra Campodarve, que expresa el criterio unánime del tribunal. En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la fecha que aparece en el encabezamiento de esta sentencia la de deliberación y votación del referido recurso.

Que estimamos el recurso de apelación formulado por la representación de Antonio contra la sentencia de fecha 1.12.06, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 19 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 407/06 , y en consecuencia debemos revocar y revocamos la resolución recurrida, en el sentido de absolver a Antonio del delito de quebrantamiento de medida cautelar que se le imputaba, con todos los pronunciamientos favorables. Declaramos de oficio el pago de las costas procesales de ambas instancias.

Notifíquese esta sentencia a todas las partes personadas, y a los perjudicados, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Con testimonio de presente, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia para su ejecución.

Así por esta su Sentencia, lo pronuncian, mandan y firman los Magistrados miembros del tribunal.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia el día 8-11-07 por la Ilma. Magistrada Ponente, celebrando audiencia pública, de lo que yo, la Secretaria, doy fe.

Fallo

Que estimamos el recurso de apelación formulado por la representación de Antonio contra la sentencia de fecha 1.12.06, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 19 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 407/06 , y en consecuencia debemos revocar y revocamos la resolución recurrida, en el sentido de absolver a Antonio del delito de quebrantamiento de medida cautelar que se le imputaba, con todos los pronunciamientos favorables. Declaramos de oficio el pago de las costas procesales de ambas instancias.

Notifíquese esta sentencia a todas las partes personadas, y a los perjudicados, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Con testimonio de presente, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia para su ejecución.

Así por esta su Sentencia, lo pronuncian, mandan y firman los Magistrados miembros del tribunal.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia el día 8-11-07 por la Ilma. Magistrada Ponente, celebrando audiencia pública, de lo que yo, la Secretaria, doy fe.