Última revisión
03/03/2014
Sentencia Penal Nº 98/2013, Audiencia Provincial de Madrid, Sección 5, Rec 73/2013 de 07 de Octubre de 2013
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Orden: Penal
Fecha: 07 de Octubre de 2013
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: GUIJARRO LOPEZ, JESUS ANGEL
Nº de sentencia: 98/2013
Núm. Cendoj: 28079370052013100111
Encabezamiento
ROLLO P.A. Nº 73/2013
DILIG. PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 1127/2013
Procedente del Juzgado de Instrucción Nº 17 de Madrid
S E N T E N C I A Nº 98/2013
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN QUINTA
ILMOS. SRES.:
Presidente:
D. Jesús Ángel Guijarro López
Dª. Paz Redondo Gil
D. Pascual Fabiá Mir
Madrid, a 7 de Octubre de dos mil trece
VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial la causa Rollo nº 73/2013, procedente del Juzgado de Instrucción nº 17 de Madrid, seguida por presunto delito contra la salud pública, contra Luis Manuel , nacido en Camata (Bolivia) el NUM000 .1975, con Pasaporte Español. nº NUM001 , hijO de Victor Manuel y de Caridad , sin domicilio en España , sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa en la que han sido parte el Ministerio Fiscal y dicho acusado representado por la procurador D. Norberto Pablo Jerez Fernández y defendid por la abogada D. Dª. María Luz Floro Alarcón en sustitución de su compañera Dª. Monserrat Cebria Andreu.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Jesús Ángel Guijarro López.
Antecedentes
PRIMERO.- En el acto del juicio el Ministerio Fiscal acusó al imputado de ser autor de un delito contra la salud pública del artículo 368.1, del Código Penal y solicitó la pena de 3 años y 8 meses de prisión, accesorias, multa de 17.905,46 Euros con cinco días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como el comiso de la droga y la tarjeta de embarque intervenida.
SEGUNDO.-El acusado mostró su conformidad con los hechos y con las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y su abogada defensora consideró innecesario continuar el juicio.
PRIMERO.-El acusado Luis Manuel , mayor de edad con D.N.I. nº NUM002 , y sin antecedentes penales, sobre las 14,45 horas del día 10 de febrero de 2013, llegó al aeropuerto de Barajas procedente de Santa Cruz (Bolivia), en el vuelo de la compañía Boliviana de Aviación nº NUM003 , portando ocultos en el interior de su organismo un total de 53 envoltorios que contenían en su interior una sustancia que, posteriormente analizada, resulto ser cocaína con un peso de 781 gramos y una pureza del 21,4% que iba a ser destinada a la venta en el mercado ilícito de estupefacientes.
La droga incautada habría tenido en el mercado ilegal un valor total aproximado de 8.952,73 Euros.
El acusado se encuentra en prisión provisional desde el 12 de febrero de 2013.
Fundamentos
PRIMERO.-Vista la conformidad prestada por la acusada con la calificación jurídica de los hechos y la pena solicitada por el Ministerio Fiscal y siendo éstas conforme a derecho y la pena solicitada encuadrada dentro del marco legal procede sin más dictar sentencia de conformidad según los artículos 787.2 y 655 de la L.E.Crim .
SEGUNDO.-Las costas procesales se entiende impuestas por ministerio de la ley a todo criminalmente responsable de cualquier delito o falta, por lo que el acusado responderá de las costas causadas.
Fallo
En atención a todo lo expuesto este Tribunal HA DECIDIDO:
1/ CONDENARa Luis Manuel , como autor del calificado delito contra la salud pública a las penas de 3 años Y 8 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y, multa de 17.905,46 Euros con cinco días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago e imponerle el pago de las costas del juicio.
2/ Acordar el comiso de la cocaína y la tarjeta de embarque ocupada.
Para el cumplimiento de las penas impuestas se abonará el tiempo de privación provisional de libertad que el acusado hubiera sufrido por esta causa.
Se declara firme la presente sentencia contra la que no cabe recurso alguno.
Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará Certificación al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

