Última revisión
08/03/2006
Sentencia Penal Nº 986/2006, Tribunal Supremo, Rec 1064/2005 de 08 de Marzo de 2006
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Orden: Penal
Fecha: 08 de Marzo de 2006
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARTIN PALLIN, JOSE ANTONIO
Nº de sentencia: 986/2006
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a ocho de Marzo de dos mil seis.
Antecedentes
PRIMERO.- Por la audiencia Provincial de Barcelona (sección 7ª), en el rollo de Sala 10468/2004 dimanante del Sumario 5/2004, procedente del juzgado de Instrucción nº 2 de El Prat de Llobregat, se dictó sentencia, con fecha 13 de julio de 2005, en la que se condenó a Raquel como autora criminalmente responsable de un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia, previsto y penado en los arts. 368 y 369 CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas , a la pena de diez años de prisión y multa de 360.000 euros.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Raquel, mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ana de la Corte Macias, articulado en cuatro motivos por vulneración de precepto constitucional, por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo , es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don José Antonio Martín Pallín.
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a ocho de Marzo de dos mil seis.
PRIMERO.- Por la audiencia Provincial de Barcelona (sección 7ª), en el rollo de Sala 10468/2004 dimanante del Sumario 5/2004, procedente del juzgado de Instrucción nº 2 de El Prat de Llobregat, se dictó sentencia, con fecha 13 de julio de 2005, en la que se condenó a Raquel como autora criminalmente responsable de un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia, previsto y penado en los arts. 368 y 369 CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas , a la pena de diez años de prisión y multa de 360.000 euros.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Raquel, mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ana de la Corte Macias, articulado en cuatro motivos por vulneración de precepto constitucional, por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo , es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don José Antonio Martín Pallín.
NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por la recurrente , contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
Fallo
NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por la recurrente , contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
