Última revisión
16/03/2006
Sentencia Penal Nº 991/2006, Tribunal Supremo, Rec 842/2005 de 16 de Marzo de 2006
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Orden: Penal
Fecha: 16 de Marzo de 2006
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN
Nº de sentencia: 991/2006
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Marzo de dos mil seis.
Antecedentes
PRIMERO.- Por la audiencia Provincial de Almería (sección 3ª), en el rollo de Sala 36/2004 dimanante del Sumario 10/2004, procedente del juzgado de Instrucción nº 1 de Almería , se dictó sentencia, con fecha 20 de mayo de 2005, en la que se condenó a Cesar como autor criminalmente responsable de dos delitos intentados de homicidio, previstos y penados en el art. 138 CP en relación con los arts. 16 y 62 del mismo cuerpo legal , de un delito de robo con intimidación en grado de tentativa del art. 237 en relación con el art. 242.1 y 2 CP, y de un delito de amenazas del art. 169.2º CP, sin circunstancias modificativas, a las penas de siete años de prisión por cada delito de homicidio intentado, dos años de prisión por el delito de robo, y siete meses de prisión por el delito de amenazas.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Cesar, mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Dª. Olga Martín Márquez, articulado en seis motivos por quebrantamiento de forma, por vulneración de precepto constitucional y por infracción de ley.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno , de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Marzo de dos mil seis.
PRIMERO.- Por la audiencia Provincial de Almería (sección 3ª), en el rollo de Sala 36/2004 dimanante del Sumario 10/2004, procedente del juzgado de Instrucción nº 1 de Almería , se dictó sentencia, con fecha 20 de mayo de 2005, en la que se condenó a Cesar como autor criminalmente responsable de dos delitos intentados de homicidio, previstos y penados en el art. 138 CP en relación con los arts. 16 y 62 del mismo cuerpo legal , de un delito de robo con intimidación en grado de tentativa del art. 237 en relación con el art. 242.1 y 2 CP, y de un delito de amenazas del art. 169.2º CP, sin circunstancias modificativas, a las penas de siete años de prisión por cada delito de homicidio intentado, dos años de prisión por el delito de robo, y siete meses de prisión por el delito de amenazas.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Cesar, mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Dª. Olga Martín Márquez, articulado en seis motivos por quebrantamiento de forma, por vulneración de precepto constitucional y por infracción de ley.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno , de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.
NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por los recurrentes, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
Fallo
NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por los recurrentes, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
