Sentencia Penal 639/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Penal, Rec. 4472/2021 de 24 de julio del 2023
Última revisión
Sentencia Penal 639/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Penal, Rec. 4472/2021 de 24 de julio del 2023
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 24 de Julio de 2023
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
Nº de sentencia: 639/2023
Nº de recurso: 4472/2021
Núm. Cendoj: 28079120012023100611
Núm. Ecli: ES:TS:2023:3491
Núm. Roj: STS 3491:2023
Resumen
· Delito de daños dolosos, inferior a 400 euros.· Se consigna que el acusado tenía afectadas por el alcohol, de modo leve, su "capacidad volitiva".· El Ministerio Fiscal estimó concurrente la atenuante analógica de intoxicación por consumo de bebidas alcohólicas, solicitó la pena de multa de dos meses a razón de una cuota de seis euros diarios, que fue precisamente la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal y confirmada por la Audiencia Provincial.· Motivos: Primero, se articula por el art. 852 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y reprocha la prueba de los hechos. No cabe en este formato impugnativo.· Segundo: 849-1º: concurrencia de la atenuante de alcoholemia, y 852: vulneración del principio acusatorio, pues habiendo solicitado tal atenuante el Ministerio Fiscal, el Juzgado de lo Penal debió estimarla de forma obligatoria. Principio acusatorio. STS 88/2022, de 3 de febrero, impide la estimación de un motivo por vulneración constitucional, sea ésta cual sea, en un formato como el seguido en esta causa para el recurso de casación por interés casacional. · Por estricta infracción de ley, la Audiencia dijo que no tenía practicidad, porque la pena se había impuesto en la mitad inferior, aunque en su zona alta. En efecto, habiéndose aplicado la penalidad en la mitad inferior de la penalidad imponible (y en la propia dosimetría que interesó el Ministerio Fiscal en la instancia), el motivo carece de practicidad. · Desestimación.· Delito de daños dolosos, inferior a 400 euros.· Se consigna que el acusado tenía afectadas por el alcohol, de modo leve, su "capacidad volitiva".· El Ministerio Fiscal estimó concurrente la atenuante analógica de intoxicación por consumo de bebidas alcohólicas, solicitó la pena de multa de dos meses a razón de una cuota de seis euros diarios, que fue precisamente la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal y confirmada por la Audiencia Provincial.· Motivos: Primero, se articula por el art. 852 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y reprocha la prueba de los hechos. No cabe en este formato impugnativo.· Segundo: 849-1º: concurrencia de la atenuante de alcoholemia, y 852: vulneración del principio acusatorio, pues habiendo solicitado tal atenuante el Ministerio Fiscal, el Juzgado de lo Penal debió estimarla de forma obligatoria. Principio acusatorio. STS 88/2022, de 3 de febrero, impide la estimación de un motivo por vulneración constitucional, sea ésta cual sea, en un formato como el seguido en esta causa para el recurso de casación por interés casacional. · Por estricta infracción de ley, la Audiencia dijo que no tenía practicidad, porque la pena se había impuesto en la mitad inferior, aunque en su zona alta. En efecto, habiéndose aplicado la penalidad en la mitad inferior de la penalidad imponible (y en la propia dosimetría que interesó el Ministerio Fiscal en la instancia), el motivo carece de practicidad.
Voces
Consumo de bebidas alcohólicas
Atenuante analógica
Atenuante
Delito de daños
Bebida alcohólica
Representación procesal
Presunción de inocencia
Derecho a la tutela judicial efectiva
Imputabilidad
Conclusiones definitivas
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Embriaguez
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