Sentencia Penal Tribunal ...io de 2003

Última revisión
03/07/2003

Sentencia Penal Tribunal Supremo, Rec 1708/2002 de 03 de Julio de 2003

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Orden: Penal

Fecha: 03 de Julio de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MAZA MARTIN, JOSE MANUEL

Resumen:
DELITO DE ESTAFA Y FALTA DE AMENAZASError de hecho en la apreciación de la prueba.El elemento del engaño en el delito de estafa.Presunción de inocencia.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a tres de Julio de dos mil tres.

Antecedentes

PRIMERO.- Dictada sentencia por la audiencia Provincial de Sevilla, sección 7ª, en Autos nº 6/02, se interpuso Recurso de Casación por Jose Carlos mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Sra. Dª. María Jesús Fernández Salagre.

SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don José Manuel Maza Martín.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a tres de Julio de dos mil tres.

PRIMERO.- Dictada sentencia por la audiencia Provincial de Sevilla, sección 7ª, en Autos nº 6/02, se interpuso Recurso de Casación por Jose Carlos mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Sra. Dª. María Jesús Fernández Salagre.

SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don José Manuel Maza Martín.

NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

Fallo

NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

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