Sentencia Penal Tribunal ...il de 2003

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10/04/2003

Sentencia Penal Tribunal Supremo, Rec 3207/2001 de 10 de Abril de 2003

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Orden: Penal

Fecha: 10 de Abril de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GIMENEZ GARCIA, JOAQUIN

Resumen:
DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL Y ESTAFA. HECHOS PROBADOS. ERROR DE HECHO.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Abril de dos mil tres.

Antecedentes

PRIMERO.- Dictada sentencia por la audiencia Provincial de Madrid (sección 1ª), en autos nº 28/2001, se interpuso Recurso de Casación por Alfredo representado por el procurador de los Tribunales D. Alvaro Arana Moro.

SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución , el magistrado Excmo. Sr. Don Joaquín Giménez García.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Abril de dos mil tres.

PRIMERO.- Dictada sentencia por la audiencia Provincial de Madrid (sección 1ª), en autos nº 28/2001, se interpuso Recurso de Casación por Alfredo representado por el procurador de los Tribunales D. Alvaro Arana Moro.

SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución , el magistrado Excmo. Sr. Don Joaquín Giménez García.

NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

Fallo

NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

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