Última revisión
Sentencia Social 42/2024 , Rec. 40/2024 de 08 de abril del 2024
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 08 de Abril de 2024
Ponente: JOSE PABLO ARAMENDI SANCHEZ
Nº de sentencia: 42/2024
Nº de recurso: 40/2024
Núm. Cendoj: 28079240012024100039
Núm. Ecli: ES:AN:2024:1699
Núm. Roj: SAN 1699:2024
Resumen
CONFLICTO COLECTIVOdos acuerdos de empresa suscritos entre CAIXABANK y los sindicatos determinan las condiciones para la solicitud, reconocimiento y abono de gastos de préstamos hipotecarios para los trabajadores.Tras analizar la normativa y jurisprudencia sobre los gastos de préstamos hipotecarios, la Sala llega a la conclusión de que interviniendo la autonomía colectiva en la determinación de estas condiciones, no cabe considerar que estemos dentro del supuesto hecho que ha dado lugar a la consideración de cláusulas abusivas en la fijación del reparto de los gastos de estos préstamos.
Voces
Buena fe
Sindicatos
Contrato de Trabajo
Sin ánimo de lucro
Indefensión
Voluntad de las partes
Condiciones de trabajo
Negociación colectiva
Capacidad para contratar
Práctica de la prueba
Representación de los trabajadores
Representación sindical
Voluntad unilateral
Conflicto de intereses
Convenio colectivo
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