Sentencia Social Nº 100/2006, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, ...de Diciembre de 2006
Sentencia Social Nº 100/2...re de 2006

Última revisión
11/12/2006

Sentencia Social Nº 100/2006, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 134/2006 de 11 de Diciembre de 2006

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Orden: Social

Fecha: 11 de Diciembre de 2006

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: DE NO ALONSO-MISOL, ENRIQUE FELIX

Nº de sentencia: 100/2006

Nº de recurso: 134/2006

Núm. Cendoj: 28079240012006100099

Núm. Ecli: ES:AN:2006:5904

Resumen
Se estima demanda interpuesta por Comité Nacional de Empresa ante la Audiencia nacional frente a Banco de España, sobre conflicto colectivo. Se determina el incremento de los porcentajes de las aportaciones a los planes de pensiones de los trabajadores, con indicación del porcentaje que corre a cargo del empleador y del trabajador. Con la entrada en vigor del nuevo Convenio colectivo corre íntegramente a cargo del empleador. Cuando se publica el Convenio Colectivo los demandantes estaban prejubilados y éste no estaba publicado. Sin embargo, la cláusula de "fumus bona fides" o la de "rebus sic stántibus" conduce a colocar en la fecha del acuerdo individual de prejubilación lo aplicable desde la entrada en vigor del convenio, aunque ello se conociera después haberse procedido a la prejubilación.

Voces

Convenio colectivo

Comité de empresa

Representación unitaria

Sindicatos

Prueba documental

Prejubilación

Buena fe procesal

Representación de los trabajadores

Convenio colectivo de empresa

Conflicto colectivo laboral

Vigencia del convenio colectivo

Plan de pensiones