Sentencia Social Nº 100/2006, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, ...9 de Febrero de 2006
Sentencia Social Nº 100/2...ro de 2006

Última revisión
09/02/2006

Sentencia Social Nº 100/2006, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 35/2006 de 09 de Febrero de 2006

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Orden: Social

Fecha: 09 de Febrero de 2006

Tribunal: TSJ Castilla y Leon

Ponente: RODRIGUEZ GRECIANO, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 100/2006

Nº de recurso: 35/2006

Núm. Cendoj: 09059340012006100087

Núm. Ecli: ES:TSJCL:2006:490

Resumen
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declara improcedente el despido operado, condenando al EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUMIEL DE MERCADO, al desestimar el recurso interpuesto por este. Basa la Sala su pronunciamiento, entre otros motivos, en que el carácter administrativo de la relación entre las partes no puede nunca sostenerse, por un lado porque desde un punto de vista temporal, la misma actividad se ha desarrollado durante 11 años, no encontrándose encaje ni en la normativa administrativa actual ni en la anterior. En efecto por esa mera duración temporal, no es posible incluir la prestación de servicios realizada por la trabajadora en la noción de "trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración", a la que se refería el artículo 197 de la Ley 13/1995, pues la habitualidad deviene del prolongado periodo de tiempo en que se ha prestado el trabajo , y ha excedido con mucho del límite temporal de 2 años, prorrogables a 4 previstos.

Voces

Vacaciones

Intervención de abogado

Documento auténtico

Valoración de la prueba

Contratación laboral

Relación jurídica

Incapacidad temporal

Retroactividad

Alta en el RETA

Régimen General de la Seguridad Social

Despido nulo

Salario bruto

Pagas extraordinarias

Jornada laboral

Ajenidad

Despido improcedente

Documentos administrativos

Caducidad