Última revisión
05/04/2006
Sentencia Social Nº 1071/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 158/2006 de 05 de Abril de 2006
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Orden: Social
Fecha: 05 de Abril de 2006
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: FELIPE VINUESA, LUIS
Nº de sentencia: 1071/2006
Núm. Cendoj: 18087340012006101036
Núm. Ecli: ES:TSJAND:2006:8785
Encabezamiento
SENT. NÚM. 1.071/06
ILMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTÍN
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO
ILMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA
MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada a Cinco de Abril de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación núm. 158/06, interpuesto por el INSS contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Granada en fecha 3 de Noviembre de 2005 en Autos núm. 180/05, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FELIPE VINUESA.
Antecedentes
Primero.- En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Juan Alberto , sobre INVALIDEZ GRADO, contra INSS y TGSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 3 de Noviembre de 2005 , por la que estima la demanda.
Segundo.- En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
1°. Tramitado expediente administrativo al efecto, tras informe propuesta del EVI de 11/11/04, la Dirección Provincial del INSS, por Resolución de 13/12/04, declaró el actor, Don Juan Alberto , nacido el 23-10-1947, con DNI n° NUM000 , afiliado al RGSS, c/ajena, con el n° NUM001 , cuya profesión habitual es la de viajante/repartidor, afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común, con derecho a prestación de pensión vitalicia del 75 por 100 de su base reguladora.
2°. Planteada por el actor reclamación previa en 27-01-05, en solicitud del grado de absoluta, la misma fue desestimada, habiéndose presentado la demanda de autos en 15-03-05.
3°. El actor presenta un cuadro clínico residual crónico de IAM infero-posterior por lesión severa de CX distal el 17/05/03. VI con hipoquinesia inferoposterior y FE normal y lesiones de grado moderado en DA-DG (ACTP con balón de CX distal). Dolor crónico en MMII sin filiar. DM tipo 2 en tratamiento con ADO. Con las siguientes limitaciones: Clínicamente aqueja episodios de dolor precordial en relación con esfuerzos fisicos y dolor crómnico en MMSS y MMII. Ergometría (7-02): Submaximal negativa. Exploración vascular Doppler MMII normal. Actualmente se queja de dolor torácico opresivo con esfuerzos, como acelerar el paso o subir algo de pendiente. Ergometría: No valorable. Se detiene el test en el estado 2 por claudicación intermitente. Dolor intenso en pantorrilla. Paciente diabético con claudicación intermitente, angina de esfuerzo, grado funcional III. Debe llevar una vida tranquila y evitar todo tipo de esfuerzos.
Tercero.- Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por el INSS, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.
Fundamentos
Único.- Recurre la sentencia de instancia la parte demandada, al amparo del apartado c) del artículo 191 de la LPL denunciando la infracción por aplicación indebida del artículo 137 de la LGSS .
Censura jurídica que ha de ser desestimada por cuanto las dolencias del actor, especificadas en el hecho probado 3º de la sentencia de instancia, del siguiente tenor: "El actor presenta un cuadro clínico residual crónico de IAM infero-posterior por lesión severa de CX distal el 17/05/03. VI con hipoquinesia inferoposterior y FE normal y lesiones de grado moderado en DA-DG (ACTP con balón de CX distal). Dolor crónico en MMII sin filiar. DM tipo 2 en tratamiento con ADO. Con las siguientes limitaciones: Clínicamente aqueja episodios de dolor precordial en relación con esfuerzos fisicos y dolor crómnico en MMSS y MMII. Ergometría (7-02): Submaximal negativa. Exploración vascular Doppler MMII normal. Actualmente se queja de dolor torácico opresivo con esfuerzos, como acelerar el paso o subir algo de pendiente. Ergometría: No valorable. Se detiene el test en el estado 2 por claudicación intermitente. Dolor intenso en pantorrilla. Paciente diabético con claudicación intermitente, angina de esfuerzo, grado funcional III. Debe llevar una vida tranquila y evitar todo tipo de esfuerzos", no le permiten la posibilidad de acceder a los trabajos más livianos dentro de su propia formación o preparación profesional adquirida, ello al margen de las dificultades reales de actuación profesional, con asistencia habitual al lugar de trabajo, prestación de una jornada y atención a una tarea. Lo que constituye según la reiterada doctrina del Tribunal Supremo, una incapacidad permanente absoluta, encuadrable en el apartado 5 del artículo 137 de la LGSS , lo que comporta, al haberlo estimado así el Magistrado de instancia en su resolución, la confirmación de la misma.
Fallo
Que desestimando el recurso de suplicación planteado por el INSS contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Granada en fecha 3 de Noviembre de 2005 , en los Autos nº 180/05 , seguidos a instancia de D. Juan Alberto , sobre INVALIDEZ, contra aquél y TGSS, debemos confirmar la sentencia recurrida.
Notifíquese la presente Sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, con advertencia de que contra la misma puede interponerse en plazo de DIEZ DÍAS Recurso de Casación para la unificación de doctrina con las prevenciones contenidas en los artículos 216 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral .
Así por esta nuestra Sentencia la pronunciamos, mandamos y firmamos.
