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Sentencia Social Nº 1143/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 687/2006 de 20 de Abril de 2006
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Orden: Social
Fecha: 20 de Abril de 2006
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO, MANUEL
Nº de sentencia: 1143/2006
Núm. Cendoj: 29067340012006100745
Núm. Ecli: ES:TSJAND:2006:2801
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº 10 de Málaga sobre tutela de derechos fundamentales. La Sala considera que la empresa posee la facultad para constituir brigadas de socorro cuando no existan trabajadores voluntarios para formar las brigadas de incidencias. Y lo que realmente ocurrió es que la empresa ante la falta de voluntarios, adscribió al trabajador a la brigada de socorro, cumpliendo los requisitos exigidos. Ninguna vulneración se observa en la conducta empresarial, sino que el proceder empresarial en uso de sus facultades de organización, vino a ser reflejo de su facultad organizativa, a los fines del mejor funcionamiento de los servicios prestados.
Voces
Vulneración de derechos fundamentales
Daños morales
Condiciones de trabajo
Convenio colectivo de empresa
Reclamación de daños y perjuicios
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA
Recurso: SUPLICACION 687/2006
Sentencia Nº 1143/06
ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE
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