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Sentencia Social Nº 1239/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 757/2006 de 27 de Abril de 2006
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Orden: Social
Fecha: 27 de Abril de 2006
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: BARRAGAN MORALES, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 1239/2006
Núm. Cendoj: 29067340012006100774
Núm. Ecli: ES:TSJAND:2006:2830
Resumen
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Diez de Málaga sobre tutela de derechos fundamentales. Se determina que la empresa posee facultad para constituir brigadas de socorro cuando no existan trabajadores voluntarios para formar las brigadas de incidencias. Y esto fue lo que realmente ocurrió, es decir, que la empresa, ante la falta de voluntarios adscribió al actor, junto a otros de sus compañeros a la brigada de socorro, expresamente creada como consecuencia de la inexistencia de la de incidencias, cumpliendo los requisitos exigidos por la norma convencional. Ninguna vulneración se observa en la conducta empresarial y, menos aún, que tal conducta fuera represalia a la negativa del actor a integrar la de incidencias. Al contrario, el proceder empresarial, en uso de sus facultades de organización, vino a ser reflejo de su facultad organizativa a los fines del mejor funcionamiento del servicios prestados.
Voces
Condiciones de trabajo
Comité de empresa
Valoración de la prueba
Convenio colectivo de empresa
Incapacidad temporal
Causas organizativas
Reclamación de daños y perjuicios
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA
Recurso: SUPLICACION 757/2006
Sentencia Nº 1239/2006
ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, …
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