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Sentencia Social Nº 131/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3769/2003 de 16 de Febrero de 2004
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 16 de Febrero de 2004
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: HERNANI FERNANDEZ, MARIA BEGOÑA
Nº de sentencia: 131/2004
Núm. Cendoj: 28079340012004100386
Resumen
La cláusula de "rebus sic stantibus" ha presidido la interpretación normativa desde su formulación; y es evidente que la evolución humana en un periodo de dos décadas como las vividas en esta Nación han modificado las cosas, en la medida en la que el propio Magistrado de instancia pudo percibir como diferencia en tal lapso temporal (el mismo que permitió en el ensueño de Julio Verne de viajar a la Luna se convirtiera en realidad)." No se puede permanecer anclado en una Resolución de 1.978, ya que los tiempos cambian y la situación actual de los trabajadores es distinta de la que pudiera darse en aquel momento.
Voces
Prevención de riesgos laborales
Reclamación de cantidad
Riesgos laborales
Convenio colectivo de Doblaje
Resolución definitiva
Dación de cuenta
Encabezamiento
RSU 0003769/2003
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00131/2004
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA
Recurso número: 3.769/03
Sentencia …
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