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Sentencia Social Nº 1360/2005, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1332/2005 de 12 de Diciembre de 2005
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Orden: Social
Fecha: 12 de Diciembre de 2005
Tribunal: TSJ Canarias
Ponente: GARCIA HERNANDEZ, MARIA JESUS
Nº de sentencia: 1360/2005
Núm. Cendoj: 35016340012005101406
Núm. Ecli: ES:TSJICAN:2005:4979
Resumen
Estima la Sala de suplicación el recurso interpuesto por la empresa demandada, estimando la excepción de incompetencia del orden jurisdiccional social. Sostiene el Juzgador la laboralidad de la relación en la constatación de las notas de ajenidad y dependencia a través de la simple lectura del contrato de agencia suscrito, sin mayor precisión. Parece que se refiere a la cláusula 2ª, reguladora de la actuación del agente y particularmente a la obligación del agente de cumplir las "instrucciones razonables" que reciba de la empresa pero es que esta expresión no es más que la trascripción de lo dispuesto en el artículo 9.2 c. Ley 12/1992 y en la cláusula 2.3 consta "El agente goza de total libertad e independencia para organizar su actividad profesional y el tiempo dedicado a la misma con el debido respeto a las instrucciones razonables de KEY 21 que no afecten a su independencia".La superación de este limite razonable no consta acreditado
Voces
Ajenidad
Relaciones laborales de carácter especial
Contrato de Trabajo
Representante de comercio
Encabezamiento
En Las Palmas de Gran Canaria , a 12 de diciembre de 2005
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres …
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