Sentencia Social Nº 152/2000, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala...3 de Febrero de 2000
Sentencia Social Nº 152/2...ro de 2000

Última revisión
23/02/2000

Sentencia Social Nº 152/2000, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 59/2000 de 23 de Febrero de 2000

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Orden: Social

Fecha: 23 de Febrero de 2000

Tribunal: TSJ Extremadura

Ponente: BRAVO GUTIERREZ, PEDRO

Nº de sentencia: 152/2000

Nº de recurso: 59/2000

Núm. Cendoj: 10037340012000100286

Resumen
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL.- Peón de la construcción.- La pérdida de la fuerza visual de un ojo, si se conserva íntegra la del otro, supone que el trabajador puede seguir desarrollando las tareas fundamentales de su profesión.- correcta calificación de la situación como lP parcial.- Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia desestimatoria del Juzgado de lo Social número 1 de Badajoz, sobre situación de IP total.La Sala declara que ante situaciones en que se produce pérdida de la agudeza visual, viene aplicándose de modo orientativo el derogado reglamento de Accidentes de Trabajo de 1.956, según el cual ha de considerarse constitutiva de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual la pérdida de la fuerza visual de un ojo, si se conserva íntegra la del otro, situación que es la que se da en el caso del actor, quien, debido al accidente de trabajo que sufrió, ha perdido la visión en uino de sus ojos, manteniendo intacto la del otro, sin que en su profesión, peón de la construcción, se precise una especial agudeza visual, por lo que puede seguir desarrollando con suficiente asiduidad, dedicación y rendimiento las fundamentales tareas de la misma, y si alguna disminución puede sufrir en el rendimiento normal, está suficiente y correctamente compensada con la incapacidad permanente parcial en la que ha sido declarado. 

Voces

Accidente laboral

Incapacidad permanente parcial

Incapacidad permanente total

Medios de prueba

Prueba pericial

Valoración de la prueba

Profesión habitual