Sentencia Social Nº 153/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3981/2003 de 23 de Febrero de 2004
- Orden: Social
- Fecha: 23 de Febrero de 2004
- Tribunal: TSJ Madrid
- Ponente: Moreiras Caballero, Miguel
- Núm. Sentencia: 153/2004
- Núm. Recurso: 3981/2003
- Núm. Cendoj: 28079340012004100076
En proceso seguido en impugnación de sanción, el Tribunal de suplicación confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajador actor. Y ello al concluir la Sala con la convicción de que su voluntad era aplazar el juicio oral, no por seis meses sino por todo el tiempo que faltare hasta la terminación del proceso penal. Por lo demás, tal suspensión es acorde con los casos de concurrencia de expedientes administrativos y penales, que se paralizan los primeros a la espera del resultado de los segundos; y aunque en este caso se trate de la concurrencia entre un expediente laboral no administrativo y otro penal, la suspensión del primero en espera del resultado del segundo acordada por las partes litigantes en modo alguno puede dar carta de naturaleza a la reserva mental que al parecer hizo el ahora recurrente cuando solicitó la prórroga de la suspensión para después alegar cualquier tipo de consecuencia legal derivada de su propia petición: eso sí sería fraude de ley.
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