Sentencia SOCIAL Nº 154/2018, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, ...1 de Octubre de 2018
Sentencia SOCIAL Nº 154/2...re de 2018

Última revisión
15/11/2018

Sentencia SOCIAL Nº 154/2018, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 254/2018 de 11 de Octubre de 2018

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Orden: Social

Fecha: 11 de Octubre de 2018

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: BODAS MARTIN, RICARDO

Nº de sentencia: 154/2018

Nº de recurso: 254/2018

Núm. Cendoj: 28079240012018100150

Núm. Ecli: ES:AN:2018:3906

Núm. Roj: SAN 3906:2018

Resumen
CONFLICTO COLECTIVO Se reclama que se declare que los pactos de permanencia firmados inicialmente con los pilotos en ningún caso disponen que el piloto deba reintegrar el coste del curso a la empresa. Que los pactos en los cuales se establece que el piloto debe abonar mediante reintegro aplazado el coste los cursos de habilitación son fraudulentos y nulos. Que los descuentos en nómina que la empresa viene efectuando a los pilotos, por el concepto de reintegro de los cursos de habilitación de tipo, son unos descuentos fraudulentos y nulos, ya que incumplen normativa de derecho necesario (art. 21.4 del ET) y que se condene a la empresa demandada a devolver y abonar a los pilotos todas las cantidades que haya descontado en nómina para el pago de los cursos de habilitación de tipo, tanto a los pilotos que únicamente hayan firmado un solo pacto de permanencia, como a los pilotos que firmaron un pacto posterior al inicial, así como a los pilotos que estando ya trabajando en la empresa han realizado un curso de habilitación de tipo para un avión distinto, más los intereses correspondientes. - Se desestima la excepción de inadecuación de procedimiento, por cuanto concurren las notas subjetivas y objetivas requeridas para la promoción del conflicto. - Se estima parcialmente la demanda y se anula el pacto de permanencia, incluido en los acuerdos para la realización del curso de habilitación, por tratarse de una cláusula abusiva y fraudulenta. - Se desestiman las demás pretensiones de la demanda, por cuanto los descuentos, producidos por la empresa, traen causa en acuerdos precontractuales, por los que la empresa se comprometió a adelantar el precio del curso, que era constitutivo para la formalización del contrato e incrementaba, además, el valor profesional de los trabajadores en el mercado, con el compromiso de devolución, lo que se cumplió efectivamente, por cuanto los trabajadores fueron contratados efectivamente y se les detrajeron sin queja los descuentos mensuales por el importe del curso, tratándose de un acuerdo legítimo, por cuanto no eran trabajadores de la empresa al momento de pactar la realización del curso de habilitación.

Voces

Pacto de permanencia en empresa

Recibo de salarios

Conflicto colectivo laboral

Formación profesional

Fraude de ley

Indemnización de daños y perjuicios

Declaración del testigo

Contrato de Trabajo

Contratos de trabajo formativos

Contrato de prácticas

Puesto de trabajo

Acuerdo de interés profesional

Autónomo económicamente dependiente

Despido colectivo

Reducción de jornada laboral

Convenio colectivo

Proceso de conflicto colectivo

Daños y perjuicios

Libertad de elección de profesión

Abuso de derecho

Ius cogens

Período de prueba

Incremento de valor