Sentencia Social Nº 1629/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon,...de Noviembre de 2005
Sentencia Social Nº 1629/...re de 2005

Última revisión
02/11/2005

Sentencia Social Nº 1629/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1629/2005 de 02 de Noviembre de 2005

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Orden: Social

Fecha: 02 de Noviembre de 2005

Tribunal: TSJ Castilla y Leon

Ponente: ALVAREZ ANLLO, JUAN ANTONIO

Nº de sentencia: 1629/2005

Nº de recurso: 1629/2005

Núm. Cendoj: 47186340012005101996

Resumen
El TSJ confirma la sentencia de instancia, de la que la Mutua e INSS discrepan, por entender, la primera, que no le corresponde responder de la baja por incapacidad temporal iniciada tras la extinción del contrato de trabajo (cuando la baja lo es por enfermedad común y pese a haberse cubierto tales contingencias con ella) y, la segunda, que no procede declarar su responsabilidad subsidiaria, al desestimar los recursos instados. Declara la Sala que, el supuesto que nos ocupa lo es de responsabilidad directa de la Mutua, para el que la jurisprudencia ha precisado que " como ya hemos dicho, lo anterior no exime al INSS de responder subsidiariamente de la insolvencia de la Mutua que cubre la contingencia común, cuando es ésta la que deviene insolvente.

Voces

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Incapacidad temporal

Responsabilidad

Enfermedad Común

Extinción del contrato de trabajo

Contingencias comunes

Contrato de Trabajo

Responsabilidad subsidiaria del INSS

Contingencias profesionales