Sentencia Social Nº 1629/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon,...de Noviembre de 2005
Última revisión
Sentencia Social Nº 1629/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1629/2005 de 02 de Noviembre de 2005
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 02 de Noviembre de 2005
Tribunal: TSJ Castilla y Leon
Ponente: ALVAREZ ANLLO, JUAN ANTONIO
Nº de sentencia: 1629/2005
Nº de recurso: 1629/2005
Núm. Cendoj: 47186340012005101996
Resumen
El TSJ confirma la sentencia de instancia, de la que la Mutua e INSS discrepan, por entender, la primera, que no le corresponde responder de la baja por incapacidad temporal iniciada tras la extinción del contrato de trabajo (cuando la baja lo es por enfermedad común y pese a haberse cubierto tales contingencias con ella) y, la segunda, que no procede declarar su responsabilidad subsidiaria, al desestimar los recursos instados. Declara la Sala que, el supuesto que nos ocupa lo es de responsabilidad directa de la Mutua, para el que la jurisprudencia ha precisado que " como ya hemos dicho, lo anterior no exime al INSS de responder subsidiariamente de la insolvencia de la Mutua que cubre la contingencia común, cuando es ésta la que deviene insolvente.
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad temporal
Responsabilidad
Enfermedad Común
Extinción del contrato de trabajo
Contingencias comunes
Contrato de Trabajo
Responsabilidad subsidiaria del INSS
Contingencias profesionales
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