Sentencia Social Nº 167/2014, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, ...0 de Octubre de 2014
Sentencia Social Nº 167/2...re de 2014

Última revisión
31/10/2014

Sentencia Social Nº 167/2014, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 61/2014 de 10 de Octubre de 2014

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Orden: Social

Fecha: 10 de Octubre de 2014

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: BODAS MARTIN, RICARDO

Nº de sentencia: 167/2014

Nº de recurso: 61/2014

Núm. Cendoj: 28079240012014100169

Núm. Ecli: ES:AN:2014:3818

Núm. Roj: SAN 3818/2014

Resumen
Impugnada resolución administrativa, que inadmitió la revisión de oficio de una resolución administrativa de 30-12-2000, que autorizó la extinción del contrato de trabajo del demandante en el marco de un expediente de regulación de empleo, se desestiman las excepciones de incompetencia de jurisdicción, cosa juzgada, litispendencia y falta de acción por carencia sobrevenida de objeto, alegadas por las empresas codemandadas, por cuanto compete a la jurisdicción social conocer contra la impugnación de actos administrativos dictados por las AAPP sujetos a derecho administrativo en materia laboral, cuando se dictan con posterioridad a la LRJS, como sucede aquí, no concurriendo los requisitos legales y jurisprudenciales para conocer de las restantes excepciones. - Se desestima, sin embargo, la pretensión principal de la demanda, que es la llave para poder conocer sobre las pretensiones siguientes, por cuanto no concurrían los requisitos legales para promover procedimiento de oficio del acto administrativo en el momento de dictarse la resolución, porque el demandante tenía impugnada la resolución por vulneración del derecho de igualdad ante la jurisdicción contencioso-administrativa, habiendo sobrevenido una nueva causa de inadmisión, porque después de la resolución se publicó sentencia del TC, que retrotrajo al momento de dictar sentencia otro procedimiento administrativo, promovido por el demandante contra la misma resolución. - La desestimación de la pretensión principal, impide conocer sobre la eventual vulneración del principio de igualdad de la resolución de la DGT de 30-12-2000, porque compete resolver a la jurisdicción contencioso-administrativa sobre dicho extremo, que es el presupuesto para considerar sobre las indemnizaciones reclamadas.

Voces

Derecho de igualdad

Expediente de regulación de empleo

Período de consultas

Finalización del período de consultas

Litispendencia

Medios de prueba

Competencia de la jurisdicción

Vulneración de derechos fundamentales

Excepción de cosa juzgada

Principio de igualdad

Excepción de litispendencia

Sindicatos

Caducidad

Plazo de prescripción

Nulidad de pleno derecho

Derechos de los trabajadores

Daños y perjuicios

Prejubilación

Extinción del contrato de trabajo

Procedimiento de oficio