Sentencia Social 1727/2005 Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha ....e diciembre del 2005
Sentencia Social 1727/200...e del 2005

Última revisión
09/02/2023

Sentencia Social 1727/2005 Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha . Sala de lo Social, Rec. 1062/2004 de 15 de diciembre del 2005

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Orden: Social

Fecha: 15 de Diciembre de 2005

Tribunal: TSJ Castilla la Mancha

Ponente: MONTIEL GONZALEZ, JOSE

Nº de sentencia: 1727/2005

Nº de recurso: 1062/2004

Núm. Cendoj: 02003340012005101711

Resumen
El TSJ estima el recurso interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha y revoca la sentencia recurrida que declaro el derecho del demandante a seguir disfrutando la comida del mismo modo a cómo lo hacía hasta el 2-12-2002 o, a elección de la parte demandada, que abone al demandante la cantidad de 6 euros por cada día efectivamente trabajado. Y ello porque, según recoge la sentencia, las razones expuestas desvirtúan la pretendida existencia de una condición más beneficiosa a favor de los actores en la cual situar el derecho reclamado, beneficio que contrariamente a ello se ubicaba en el propio contenido de los Convenios Colectivos que les han venido siendo de aplicación, y siendo ello así , no contemplándose en el actual vigente Convenio el derecho a comer/cenar gratuitamente en el centro de trabajo , a dicha previsión será preciso estar en función de los principios y normas que rigen la negociación colectiva, especialmente lo relativo a la derogación de los convenios procedentes por los que sucesivamente vengan a sucederles (art. 86.4 del E.T), así como la fuerza vinculante de los Convenios a tenor de lo dispuesto en el art. 82.3 del E.T y en el art. 37.1 de la C.E"

Voces

Convenio colectivo

Centro de trabajo

Indefensión

Principio de condición más beneficiosa

Voluntad unilateral

Comisión negociadora

Comité de empresa

Defectos de los actos procesales

Celeridad

Sindicato más representativo

Infracción procesal

Derecho adquirido

Comisión Paritaria

Negociación colectiva