Sentencia Social Nº 1743/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala ... 08 de Junio de 2006
Sentencia Social Nº 1743/...io de 2006

Última revisión
08/06/2006

Sentencia Social Nº 1743/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1185/2006 de 08 de Junio de 2006

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Orden: Social

Fecha: 08 de Junio de 2006

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: VELA TORRES, FRANCISCO JAVIER

Nº de sentencia: 1743/2006

Nº de recurso: 1185/2006

Núm. Cendoj: 29067340012006100963

Núm. Ecli: ES:TSJAND:2006:3455

Resumen
Se estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto por un trabajador de la hostelería contratado según modalidad de fijo discontinuo, declarando la interrupción de la relación laboral acordaba por la empresa como despido, el cual se califica como improcedente. Se aplica la doctrina que señala que los contratos de trabajos fijos y periódicos, pero de carácter discontinuo, tienen como finalidad cubrir necesidades que se presentan de manera constante en la empresa en determinados días o épocas del año, en que por circunstancias normales de producción inicia su actividad o la incrementa. Ahora bien, lo que resulta consustancial a esta figura contractual es que el desempeño de esas tareas tenga carácter intermitente o cíclico, esto es, sean periódicas y respondan a trabajos cuya necesidad se presenta siempre, obedeciendo a determinadas circunstancias que se repiten de modo regular o irregular. Precisamente por ello, no cabe hablar de trabajadores fijos discontinuos cuando las tareas desempeñadas se vienen realizando de una manera ininterrumpida durante varios años, pues en ese supuesto no estamos ante trabajos de carácter intermitente o cíclico.

Voces

Trabajador fijo discontinuo

Convenio colectivo

Contrato de Trabajo

Contrato fijo discontinuo

Despido improcedente

Salarios de tramitación