Sentencia Social Nº 175/2003, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de... 26 de Marzo de 2003
Última revisión
Sentencia Social Nº 175/2003, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, Rec 647/2002 de 26 de Marzo de 2003
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 26 de Marzo de 2003
Tribunal: TSJ Canarias
Ponente: CELADA ALONSO, JOSE MANUEL
Nº de sentencia: 175/2003
Nº de recurso: 647/2002
Núm. Cendoj: 38038340002003100191
Resumen
El límite que establece el ámbito de responsabilidad de la Administración en relación con cada centro concertado, se determina por la cuantía que resulta de multiplicar el módulo económico de cada año por el número de unidades escolares del centro, pero sin olvidar que el referido límite no se establece de una manera unitaria, sino que dentro de èl se regulan varios grupos distintos de responsabilidad produciendo la consecuencia de que, en realidad, más que un límite único aplicable a la responsabilidad citada de la Administración operan varios límites diferentes, cada uno de los cuales se aplica a determinada clase de objetivos o débitos. A la luz de lo anteriormente expuesto, si como resulta de la sentencia recurrida, no se ha probado que se haya excedido el módulo presupuestario correspondiente, la Sala procede a la desestimación del recurso interpuesto por la CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS y confirma la sentencia recurrida que estimó en parte la demanda en la que se solicita se reconozca a los actores el derecho a percibir la paga extraordinaria por antigüedad.
Voces
Responsabilidad
Pagas extraordinarias
Convenio colectivo
Paga extraordinaria de antigüedad
Cuotas de cotización
Pago de las obligaciones
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